Sin mayor discusión, la primera sala de la SCJN determinó que continúe la suspensión definitiva que evita la siembra de maíz transgénico con fines comerciales
Por votación unánime y sin mediar discusión alguna, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dispuso que continúe la suspensión judicial que evita la siembra de maíz transgénico con fines comerciales, pues esto pondría en riesgo la biodiversidad.
El proyecto aprobado fue presentado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, en el cual señala que las suspensiones otorgadas por un juez durante un juicio de amparo buscan que la acción que se denuncia como contraria a la Constitución, cese hasta que se resuelva el asunto de fondo.
Esto, indica el proyecto, es sobre todo importante cuando las acciones denunciadas afectan los derechos de los consumidores:
“Todas esas medidas tienen como objetivo preeminente que, durante el trámite del juicio, se eviten daños a la colectividad o que, al estarse verificando, cesen en sus efectos, y no se consuman de manera irreparable o difícilmente reparable”, se establece en la sentencia.
La decisión también establece que los jueces que intervengan en un juicio de acción colectiva pueden dictar cualquier medida que consideren pertinente para proteger los derechos e intereses de una colectividad, siempre que se cumpla con los requisitos de ley.
Adicionalmente, la sentencia confirma la prohibición paulatina de importar a México el herbicida glifosato, tal como lo establece el decreto presidencial del 31 de diciembre de 2020.
Las empresas impulsoras del amparo indirecto fueron Monsanto, Syngenta Agro, Dow AgroSciences y PHI México, filial de Dupont. La Primera Sala de la Suprema Corte determinó que “la justicia de la unión no ampara ni protege a PHI México contra el artículo 610 fracción cuarta del Código Federal de Procedimientos Civiles”.
Asimismo, estableció que “la justicia de la unión no ampara a Monsanto Comercial Semillas y Agro Productos, Syngenta Agro, Dow AgroSciencies y PHI México contra los actos reclamados al Segundo Tribunal unitario en materias civil y administrativas del primer circuito del juzgado décimo segundo en materia Civil en la Ciudad de México”.
Además, declaró infundado el recurso de revisión de la empresa Tratamiento Empresarial Vanguardista en Línea, por lo que tampoco el amparo 266/2021 fue otorgado.
Diversas organizaciones y personas físicas han emprendido una lucha para defender el maíz nacional y evitar la siembra de maíz transgénico en nuestro país desde hace ocho años. El argumento es que los permisos para sembrar transgénicos violan diversos derechos humanos de conservación, utilización sostenible y participación justa y equitativa de la diversidad biológica de los maíces nativos.
En 2017 la revisión de la suspensión de siembre de maíz transgénico fue remitida a la SCJN por el Primer Tribunal Colegiado en materia Civil en la Ciudad de México para que esta instancia decidiera si se mantenía o no.
La lucha aún no concluye, ya que el juicio principal aún continúa.
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