Una corte administrativa de Stuttgart en Alemania, rechazó la apelación presentada por la dueña de un local de masajes que se oponía al impuesto especial por servicios sexuales.
El local de masajes, conoció la corte, ofrece los llamados masajes tántricos que pueden involucrar aspectos sexuales, pero cuya finalidad no es el sexo, argumento que expuso en su defensa la dueña del lugar.
Sin embargo el juzgador consideró que al tratarse de un masaje en donde tanto quien lo recibe como quien lo da están totalmente desnudos y durante los rituales se dan masajes a los órganos sexuales, se trata, sin más, de una actividad sexual y por tanto debe pagar el impuesto especial por servicios sexuales como lo pagan los burdeles y los clubes de sexo.
Otorgado el fallo la dueña del local de masajes tántricos deberá pagar los 840 euros de impuestos por dos meses que debe a la ciudad, salvo que decida llevar su caso a una instancia superior en donde corre el riesgo de que se falle de igual manera. Y basados en el antecedente del mes pasado del Tribunal Fiscal Federal en que negó la reducción del impuesto al dueño de un hotel en el distrito rojo de Dusseldorf, es probable que en instancias más elevadas los masajes tántricos se sigan considerando servicios sexuales.
El impuesto especial sobre servicios sexuales es uno que varias ciudades en Alemania recaudan. Stuttgart es una de esas ciudades y se trata de un lucrativo impuesto gracias al cual el año pasado recaudaron alrededor de un millón de euros.
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