La Suprema Corte determinó que el hecho de que una madre desempeñe un trabajo que le demande tiempo y esfuerzo no es razón suficiente para quitarle la custodia de sus hijos
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que separar a una madre de sus hijos por el simple hecho de que trabaje y le represente tiempo y esfuerzo, puede reforzar en niñas y niños los roles de género y la división sexual del trabajo, lo que afectaría en el proyecto de vida de esos menores.
Esta decisión tiene su origen en un conflicto entre dos trabajadores del Poder Judicial de la Federación (PJF) en el que un hombre que desempeña labores administrativas demandó a su expareja para quitarle la custodia de su hija, con el argumento de que ella realiza actividades jurisdiccionales que le demandan tiempo y esfuerzo.
En las primeras instancias los juzgadores concluyeron que la madre de la menor no era apta para cuidar a su hija por el tiempo y esfuerzo que requiere su trabajo, pues no podía atenderla, pero la mujer impugnó las sentencias en amparo y alegó que se le violaron sus derechos de igualdad y no discriminación.
El caso llegó a la Corte, donde la Primera Sala consideró que el hecho de que una madre desempeñe un trabajo que le demande tiempo y esfuerzo no es razón suficiente para quitarle la custodia de sus hijos.
La sentencia también señala que considerar que a las mujeres les corresponde de manera exclusiva y directa el cuidado de los hijos genera un efecto negativo en madres de familia.
“Se convalidarían los sesgos de género imperantes en la sociedad, generando una idea errónea en las niñas respecto a que no podrían aspirar a tener cargos públicos demandantes y a ser madres al mismo tiempo, sino que tendrían que tomar una elección entre dichas cuestiones, renunciando a sus anhelos. Por su parte, los niños podrían asumir que las mujeres no son capaces de conciliar una vida familiar con una profesional”, expresó la Corte.
También se determinó que la decisión implica que la madre no continúe con su desarrollo profesional o a que busque un trabajo que sea menos demandante con la consecuente disminución de salario para poder conservar la custodia de su hija, cuestión que no resulta legítima y que, por el contrario perpetua la desigualdad.
“Así, se ha invisibilizado o desconocido la necesidad de las mujeres de redistribuir la carga del cuidado entre los demás actores de la sociedad (Estado, mercado y varones), y se las sigue cargando con la responsabilidad casi exclusiva de las labores de cuidado por considerar que por “naturaleza” les corresponde hacerlas, lo que tiene consecuencias en su acceso al empleo, los ascensos y en la remuneración”, aseguró el Tribunal.
La Sala afirmó que se deben eliminar los estereotipos de género para determinar sobre quién se queda con los hijos.
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