Congreso de Sonora aprobó la creación de ley que regula el uso obligatorio de cubrebocas para evitar la transmisión del COVID-19
La Ley que Regula el Uso de Cubrebocas y Demás Medidas para Prevenir la Transmisión de la Enfermedad Provocada por el Virus del COVID-19 en Sonora, nació de una iniciativa presentada por el diputado de Morena Luis Armando Colosio Muñoz en septiembre y fue aprobada por mayoría en el pleno del Congreso de la entidad.
Esta Ley, que consta de 12 artículos y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora y hace obligatorio el uso de cubrebocas a todos los habitantes del estado que estén en vías y espacios públicos, en el interior de establecimientos, centros de trabajo de cualquier ramo y centros comerciales considerados como esenciales o no esenciales. La medida también aplica a usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte y de carga. Se podrá negar el ingreso a las personas que no las porten.
La ley establece que el uso de los cubrebocas será obligatorio para las personas mayores de 13 años. También se señala que porten mascarillas quienes tengan más de 60 años y padezcan enfermedades como afecciones cardiovasculares o diabetes mellitus, neumopatía crónica, cáncer, enfermedad cerebrovascular, inmunodepresión, hipertensión o insuficiencia renal. En el caso de los niños de entre 2 y 12 años, su uso deberá ser supervisado por adultos.
De igual manera, no deberán usar cubrebocas los menores de 2 años, las personas que tengan problemas para respirar y quienes no puedan quitarse el cubrebocas sin ayuda.
En cuanto a los trabajadores del campo, como jornaleros agrícolas, podrán utilizar como cubrebocas el paliacate, el pañuelo u otro artículo de tela que usen en el desarrollo de sus actividades.
De igual forma deberán emplear esta protección las personas con alguna infección respiratoria, sus cuidadores y los profesionales de la salud, al igual que los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y municipal, y de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y de los organismos autónomos.
La norma estará vigente durante todo el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria y hasta que las autoridades federales declaren oficialmente su conclusión.
“La obligatoriedad de usar cubrebocas no sustituye las medidas adicionales dictadas por la autoridad sanitaria, como el resguardo domiciliario y sólo salir por motivos esenciales o de emergencia”, establece la ley.
El cumplimiento de esta Ley, será vigilado por las autoridades sanitarias y de inspección estatales y municipales, en coordinación, dentro del ámbito de su competencia.
Además, establece la realización de campañas de concientización por parte de todas las dependencias y entidades de la administración pública estatal, en coordinación con la Secretaría de Salud Pública, y las autoridades municipales deberán realizarlas con la sociedad sobre la importancia de cumplir con las medidas sanitarias previstas en la Ley, así como campañas de difusión en los ámbitos estatal y municipal, así como de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Las autoridades deberán difundir en sus medios de comunicación oficiales, tales como redes sociales, páginas web y cualquier otra plataforma digital oficial, la obligatoriedad del uso de cubrebocas, así como las demás medidas sanitarias previstas en la legislación.
Sonora es la quinta entidad con más casos acumulados desde que la pandemia inicio en marzo con 38,656 contagios, al tiempo que 581 personas han presentado síntomas de COVID-19 en los últimos 14 días.
Asimismo, la entidad se encuentra dentro de las 10 que concentran mayor número de muertes por la enfermedad.
Colima en agosto aprobó una ley en el mismo sentido y en Chihuahua ya se anunció que se presentará una iniciativa con los mismos fines.
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