ADN

La Corte Constitucional Federal de Alemania, con sede en la ciudad de Karlsruhe, concluyó que el derecho de los hijos de conocer a la identidad de sus padres biológicos es limitado, al rechazar la demanda presentada por una mujer para que un hombre, a quien presupone su padre biológico, se hiciera una prueba de ADN.

El caso fue presentado por una mujer de 66 años de edad quien desconoce a ciencia cierta quién es su padre biológico. Al suponer que se trataba de una cierta persona, le pidió que se hiciera una prueba de ADN para tener constatación biológica. Sin embargo, pese a que la prueba por sí misma no implica obligaciones legales como manutención o sucesión, el hombre se negó a hacérsela por lo que el caso se desarrolló en tribunales hasta llegar a la máxima instancia, la Corte Constitucional.

El máximo tribunal concluyó que obligar a este hombre, actualmente de 88 años de edad, a realizarse la prueba de ADN es violatorio de sus derechos constitucionales y por eso falló en contra de la demandante. De esta forma, la Corte establece que el derecho de los hijos se limita a constatar si quienes legalmente asumen la paternidad son los padres biológicos. Como en este caso el hombre no asumió la paternidad legal, no está obligado a hacerse prueba de ADN.

Paul Kreierhoff, abogado de la mujer, dijo que el fallo era una “gran decepción” para su representada, pues al haber llegado el caso a la máxima instancia, los recursos legales que intentar se ven sumamente limitados por lo que es probable que nunca llegue a conocer la identidad real de su padre biológico.

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