La gran noticia de Internet en España es que a partir del 16 de diciembre Google News español cerrará “como consecuencia de la nueva ley española de Propiedad Intelectual, que obliga a cualquier publicación española a cobrar de forma irrenunciable una remuneración, a servicios que muestren un fragmento de sus publicaciones".
Pero para algunos analistas, como Sergio Carrasco del mundo.es esta decisión va más allá, ya que existen los elementos jurídicos necesarios para que Google pudiera defender su posición en los tribunales españoles e inclusive en las instancias de la Unión Europea.
Recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido jurisprudencia sobre los derechos de autor y los enlaces y cuando estos constituyen una violación de derechos de autor.
En los casos conocidos como Svensson y BestWater Internacional se establece que para que exista una “comunicación al público” de una obra es necesario que se cumplan tres elementos. Primero, que exista un “acto comunicación”, es decir que la obra se ponga a disposición de un público que lo puede consultar siempre que lo desee.
El segundo elemento es que la obra debe ser comunicada efectivamente a un “público”, entendiendo por este un número indeterminado de destinatarios potenciales e implica un número considerable de personas.
Tercero, que el público sea nuevo o distinto a la audiencia original, un público que no fue tomado en cuenta por los titulares de los derechos de autor cuando autorizaron la comunicación inicial al público.
Es decir, para que un enlace se considere una violación debe tratarse de una comunicación dirigida a un público nuevo, un público distinto al que originalmente iba dirigido.
La mayoría de los contenidos que aparecen en el servicio de Google News es gratuito y está disponible en Internet para todo el mundo, por lo que el usuario puede consultarlo al entrar directamente a los sitios de los periódicos y revistas, que lo ofrecen de forma irrestricta y gratuita, o a través de los motores de búsqueda, por lo que el supuesto de “puesta a disposición” previsto en la legislación española sería discutible.
En este orden de ideas, Google tendría un caso que perfectamente podría defender en un proceso legal, al no estar presente uno de los elementos para que se considere comunicación al público que es la nueva audiencia.
Para algunos, la decisión de Google es más con fines prácticos a fin de destinar sus recursos de Google News a otros negocios que sí le reditúen, además de una demostración de su poderío ante los editores españoles que pueden ver afectados sus ingresos por publicidad en la red por esta decisión.
Más información en elmundo.es
miabogadoenlinea.net
Se permite la reproducción total o parcial con crédito a miabogadoenlinea.net

