Balanza judicial
Balanza judicial

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata en Buenos Aires, Argentina, declaró la imprescriptibilidad de los delitos contra el orden constitucional previstos en el párrafo quinto del artículo 36 de la Constitución Nacional, dentro de los cuales se incluyen los delitos de corrupción.

El Código Procesal de Argentina establece que las causas prescriben cuando se tramitan sin llegar a una sentencia firme durante más tiempo que la pena máxima prevista para el delito investigado, aunque haya actos procesales que la interrumpen, como el llamado a indagatoria, a juicio o la sentencia.

Sin embargo, el artículo 36 establece que atenta "contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento", falta que es imprescriptible, y los jueces de la Sala interpretaron que en este supuesto se incluyen los delitos de corrupción tanto en el caso de funcionarios como en el de particulares.

Para los jueces, declarar la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción "significa lanzar a la sociedad un desafío moral, algo que sirva para sacudir la inercia que la carcome". “La corrupción debe ser considerada no sólo como un atentado al sistema democrático, sino como una violación a los derechos humanos” destacaron.

Pero adicionalmente consideraron que la corrupción también puede ser calificada como un delito de lesa humanidad y por ese simple hecho es imprescriptible. “El delito cometido por funcionarios estatales ‘rebasa’ el ámbito interno y es un crimen internacional que puede constituir un crimen contra la humanidad".

"Combatir la impunidad de ese fenómeno maligno exige un salto al campo del derecho penal internacional como lo viene promoviendo la comunidad jurídica” concluyeron.

En el caso, el juez Julio César Miralles, que falleció en abril de 2013, tuvo diferentes acusaciones de corrupción, en uno de esos casos, iniciado hace diez años, por otorgar amparos exprés durante el “corralito financiero” para que los bancos otorgaran los dólares a los clientes de un grupo de abogados, apoyados en un dictamen de un médico, que era la excepción prevista por la ley, causas de salud.

Los imputados que sobreviven han alegado la prescripción al ser llamados a prestar declaración indagatoria por lo que todo fue apelado y ahora resolvió la Sala II de la Cámara Federal de la Plata.

Más información lanacion.com.ar


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