Una vez que se dio a conocer que la cadena británica de cafeterías Pret A Manger tenía como política obsequiar café a clientes al azar según el gusto de los despachadores, se empezó a cuestionar si tal política podía ser tachada de discriminatoria y por tanto ilegal al dar café gratis a unos pero no a otros.
La Ley de Equidad prohíbe la discriminación en razón de varias características como género, edad, orientación sexual, raza o discapacidad, pero no protege por discriminación por razones de atractivo físico y debido a esta “laguna legal” el diario The Guardian se dio a la tarea de preguntar a varios abogados especialistas en materia de derechos humanos si tal política podía ser cuestionada legalmente.
“Teóricamente si puedes probar que el café es entregado a personas jóvenes, que podrían ser más propensas a ser consideradas atractivas, podría haber discriminación por edad” dijo el abogado Tom Draper del despacho Taylor & Emmet. “Pero tendrías un gran trabajo en la presentación del caso, necesitando a un empleado de Pret A Manger testificando que sí, que es un entendido claro en la empresa”.
Siguiendo este ejercicio mental, el abogado Draper citó una reciente decisión de la Corte Europea de Derechos Humanos, que allana el camino para la gente con problemas de obesidad para que demuestren discriminación por discapacidad. Sin embargo en este caso se debería demostrar que no se regala café a las personas obesas, y que los despachadores desconocen si la obesidad es por razón de alguna discapacidad y en ese caso quizá se podría argumentar una discriminación.
La abogada Sunita Knight-Webb, del despacho Knight-Webb, respondió contundentemente a la pregunta de si hay discriminación por razón de apariencia: “Cuando se trata de atractivo, no hay nada ilegal. Los clubes nocturnos, por ejemplo, son reconocidos por escoger a las personas más atractivas para ingresar a sus establecimientos”.
Tratándose de la compensación, en caso de demostrar el caso, la abogada Annabel Mackay del despacho Addleshaw Goddard, opinó que, al tener un precio de 99 peniques la taza de café, “la única pérdida sería que habrían lastimado tus sentimientos. Sería un valor bajo, una compensación de una única vez”.
La abogada principal del despacho Slater and Gordon, Kiran Daurka, a quien le han ofrecido café gratis, opinó que los gustos personales de los despachadores de la cafetería no deberían ser problema. “Debe quedar claro a los empleados que deben entregar estos cafés sobre bases absolutas de igualdad”, y agregó que “aún si los empleados subconscientemente discriminaran basados en sus preferencias personales, Pret siempre me ha parecido como una empresa con diversidad de empleados así que presumiblemente sus gustos serían diferentes”.
Así que, en conclusión, el haber revelado que se trata de una política empresarial que nada tiene que ver con un gesto espontáneo de los despachadores, podría ser cuestionado desde el punto de vista del impacto de la publicidad, pero no desde el punto de vista legal pues para muchos no se trata de un tema importante mientras que otros encontrarán las más variadas razones de por qué no han sido seleccionados para recibir una rica taza de café “por cuenta de la casa”.
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