Un juzgado en Alicante, España, falló a favor de un empleado del Banco Santander en una demanda laboral cuya base es el mobbing o el acoso laboral, en una sentencia que expertos abogados laboralistas consideran que es un gran precedente de jurisprudencia en el sector bancario ya con miles de prejubilaciones, bajas incentivadas y despidos improcedentes.
El caso fue presentado por el empleado bancario Javier Fernández de Diego, quien, al haber solicitado su traslado a una sucursal más cercana a su domicilio en Murcia, fue movido a numerosas plazas, cada vez más lejanas de su ciudad, sin haberle concedido el cambio a Murcia pese a que se abrieron plazas en su nivel en cinco oportunidades.
Esta demanda laboral fue presentada el día 6 de junio de 2016 por modificación sustancial de las condiciones de trabajo y en contra del Banco de Santander y dos de sus responsables de Recursos Humanos, así como en contra de los representantes de la sección sindical que no accedieron a presentar el caso del empleado ante la oficina de Recursos Humanos del Banco.
La sentencia emitida por el Juzgado No. 7 de los Social de Alicante reconoce la violencia psicológica con deterioro de salud ejercida en este caso y declara nulo de pleno derecho el traslado forzoso de Javier Fernández de Diego a la provincia de Tarragona, a 500 kilómetros de Murcia, reconociendo este traslado como la última acción de un largo proceso de acoso laboral ejercida desde la cúpula regional del banco con sede en Valencia.
Este acoso inició porque Fernández de Diego, quien había tenido bajas médicas producidas por ansiedad y depresión derivadas de su situación laboral, no aceptó una baja incentivada o retiro voluntario, que no solicitó. La baja incentivada es acordada entre el sindicato y el patrón respecto de un número de plazas y con una serie de condiciones, de manera que los trabajadores que se acogen voluntariamente son dados de baja del trabajo, pero reciben una indemnización.
Con la sentencia emitida, no solo se declara nulo de pleno derecho el traslado de ciudad, sino que también se condena al Banco Santander a pagar una indemnización de 50,000 euros como reparación por los daños morales causados al Javier Fernández de Diego, quien lleva más de un año en tratamiento médico. Asimismo, se ordena la reposición en su original puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes de su último traslado forzoso y contra su voluntad.
Este trabajador se ha manifestado dispuesto a renunciar a la indemnización de 50,000 euros si el banco finalmente accede a trasladarlo a una sucursal en Murcia o a una localidad colindante, que le permita conciliar su vida familiar con su empleo.
Se trata de una decisión que no está firme pues puede ser apelada por el Banco Santander.
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