“La cuarta enmienda prevé que los cateos y las aprehensiones conducidas por una autoridad del gobierno deben ser razonables, generalmente realizadas por un oficial, quien jura sobre la veracidad de la información que se le confiere y por ello puede ser responsable frente a un tribunal. Además, si después de transcurrido un año los acusados permanecen en prisión sin ser juzgados, tienen que ser puestos en libertad.”

Palabras más, palabras menos, esta fue la defensa que utilizó  Marcos Alejandro Téllez Rodríguez en su intento por poner en libertad a sus defendidos, los hermanos Víctor Manuel y Héctor Daniel Arcival Mendías, acusados de homicidio agravado.

Ante su alegato, la respuesta de la Jueza Claudia Domínguez Curiel, del Tribunal Oral del Distrito Judicial Bravos en Ciudad Juárez, Chihuahua, fue lapidaria y contundente:

“Su referencia resulta inadecuada, ya que se refiere a la Constitución de los Estados Unidos de América, por lo que es evidente para este Tribunal que el abogado Marcos Alejandro Téllez Rodríguez desconoce totalmente el nuevo sistema y por ese motivo a los imputados les será asignado un nuevo defensor que conozca del proceso oral”.

Sin palabras

Fuente El Diario

miabogadoenlinea.net

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