El jueves pasado, el Supremo Tribunal Federal de Brasil revocó, artículo por artículo la Ley de Imprenta que databa de la dictadura militar y que estaba en disonancia con la Constitución actual brasileña en cuanto a la libertad de expresión de la prensa brasileña.

 

Hasta ahora, y desde hace 40 años en que nació la ahora abrogada ley, los periodistas eran juzgados de manera diferente que la población civil en materia de delitos contra el honor, como injurias, calumnias y difamación, y las penas que estaban previstas en dicha ley eran mucho más severas que las establecidas en los Códigos Penales.

 

Se trata de un hecho histórico. Sin embargo diferentes asociaciones de periodistas de aquel país han mostrado preocupación porque sin la ley existirán vacíos legales que puedan llegar a inmovilizar a las empresas de comunicación por decisiones judiciales exageradas en el caso de otorgar el derecho de réplica al no quedar regulada la sanción, como un caso en bahía donde un juez sentenció a un periódico a publicar la réplica en la primera página y ocho páginas interiores. Por ello manifestaron al Congreso la necesidad de que emitan una nueva ley de imprenta.

 

Quienes apoyaron la abrogación de la ley, sin embargo, han manifestado que no es necesaria una nueva legislación, ya que la Constitución cubre lo relativo a la libertad de expresión y al mismo derecho de réplica.

 

Por el momento, sin ley que exista detrás, cada decisión judicial en materia de réplica o monto de sanción impuesta, temas que más preocupan a los periodistas, tendrá que ser analizada para que se emita jurisprudencia al respecto y así el poder judicial siga una determinada línea de acción.

 

Fuente O Globo

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