Como lo habíamos comentado ya en este espacio, en España existen ya dos demandas de investigación por tortura en el centro de detención de Guantánamo.
La primera, que fue a instancias del magistrado Baltasar Garzón, se refiere a la investigación de seis funcionarios de la administración Bush por actos de tortura. La jurisdicción de España para revisar este caso la fundamentaron en el hecho de que en Estados Unidos, lugar donde se dieron los hechos, no se ha iniciado una investigación sobre la comisión de estos delitos que lesionan los derechos humanos. Este caso se encuentra ahora en manos de otro juez quien está definiendo la procedencia o improcedencia de esta causa.
La segunda proviene del mismo magistrado Garzón quien expone que de los documentos desclasificados por la administración Obama se desprende "lo que antes se intuía: un plan autorizado y sistemático de tortura y malos tratos sobre personas privadas de libertad sin cargo alguno y sin los elementales derechos de todo detenido".
De acuerdo con el magistrado, este "plan sistemático" configura "la posible existencia de una acción concertada para la ejecución de una multiplicidad de delitos de torturas contra las personas privadas de libertad en Guantánamo y otras prisiones" como la de Bagram en Afganistán y añade que este sistema adquiere "casi un nivel oficial" que "genera una responsabilidad penal en las diferentes estructuras de ejecución, mando y diseño y autorización de ese plan sistemático de tortura”.
Baltasar Garzón inició esta investigación a partir de las denuncias de Hamed Abderrahman Ahmed, conocido como el talibán español, Lahcen Ikassrien, Jamiel Abdul Latif al Banna y Omar Deghayes, prisioneros de Guantánamo que una vez en libertad declararon ante el juez y refirieron haber sufrido torturas durante el tiempo de su detención. Todos ellos se enfrentaron en España a la acusación de pertenencia a organización terrorista, aunque finalmente ninguno fue condenado por este delito.
En esta segunda investigación no se mencionan nombres de posibles responsables de la comisión de los delitos perseguidos.
Fuente El país.com

