En un caso sobre el manejo de datos personales que involucra a Google y a un ciudadano español, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyó a favor de Google.

 

En sus conclusiones el abogado Niilo Jääskinen dijo que los proveedores de servicios de motores de búsqueda en Internet no son responsables, sobre la base de la Directiva sobre Protección de Datos, de los datos personales incluidos en las páginas web que tratan.

 

El caso fue presentando ante tribunales españoles por Mario Costeja González, un ciudadano español cuyo nombre fue publicado en prensa escrita en 1998 por la subasta de unos inmuebles que le pertenecían y que le fueron embargados para pagar unas deudas a la seguridad social. Posteriormente la edición de ese periódico se puso a disposición del público en la red en versión digital .

 

En 2009 Mario Costeja pidió a la editorial responsable del periódico que retirara esa edición de la red argumentando que su nombre quedaba vinculado a información sobre la subasta, la que había tenido lugar hacia muchos años. La editorial le comunicó que no podía retirar la edición porque había sido publicada no solo conforme a derecho sino que además la publicación se había hecho por orden de una autoridad española.

 

En 2010 Costeja pidió a Google Spain que no aparecieran junto a su nombre los resultados de los artículos del periódico en cuestión. Google Spain lo remitió a Google Inc., por lo que el español interpuso una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, contra la editorial responsable del periódico y contra Google. Sobre este caso, el tribunal español remitió una serie de cuestiones al Tribunal de Justicia.

 

En opinión del abogado general, no se puede exigir a los proveedores de servicio de un motor de búsqueda que bloqueen el acceso a páginas web de terceros con contenidos legales y con información legítima porque significa una injerencia en la libertad de expresión del editor de la página web y exigir este bloqueo equivaldría a censura del contenido público realizada por un particular.

 

La opinión del abogado general no pone fin al asunto y no vincula al Tribunal de Justicia, sino que se trata solo de una propuesta de solución jurídica para los jueces, quienes a partir de estas conclusiones inician sus deliberaciones para dictar sentencia en un momento posterior.

 

Sin embargo, en la mayoría de los casos los jueces del Tribunal resulven conforme a la solución jurídica proporcionada por el abogado general por lo que podría esperarse que en este caso se deslinde a Google de responsabilidad de la información que aparece en su motor de búsqueda, lo que sentaría importante precedente en otros casos similares.

 

 

Más información Cria.europea.eu

 

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