En la transmisión de los partidos del Mundial de Futbol Brasil 2014 se presentan anuncios publicitarios de cerveza sin ninguna restricción, a pesar de que en teoría en el horario en que se transmiten los partidos no se pueden emitir anuncios de bebidas alcohólicas.
El artículo 42 del Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión, en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión establece que la publicidad de bebidas alcohólicas deberá hacerse a partir de las veintidós horas, haciendo referencia de forma indebida a la fracción III del artículo 24 de este Reglamento, ya que esta fracción establece que a partir de las veintiuna horas, podrán transmitirse programas aptos para adolescentes mayores de 15 años y adultos.
La fracción IV es la que se refiere al horario de veintidós horas y señala que a partir de esa hora se podrá presentar la programación para adultos.
Es decir, de la lectura de estas disposiciones se entiende que la publicidad de bebidas alcohólicas sólo debe transmitirse en el horario apto para adultos.
Sin embargo, en el sitio de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía se establece que se considera que la publicidad de bebidas alcohólicas está fuera de horario cuando la bebida que se anuncia excede los 20º de alcohol y se transmite en un horario de las 06:00 a las 21:59 horas, pero no citan ningún fundamento para ello. Esta excepción permite que se transmitan anuncios de cerveza en los partidos de futbol.
de la investigación que realicé no encontré ninguna disposición que incluya esta excepción. Conforme al principio de legalidad la autoridad sólo esta autorizada a hacer lo que esta expresamente dispuesto en la ley, por lo que si no existe ninguna disposición expresa que prevea esta excepción, ¿los anuncios de cerveza en un horario de las 06:00 a las 21:59 horas son ilegales?
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