Hace dos años, cuando se discutieron en el Congreso de la Unión las reformas a la Ley Federal del Trabajo, se incluyeron reformas a “favor” de los trabajadores domésticos como una jornada para los trabajadores domésticos que habitan en el hogar donde prestan sus servicios (jorada superior a la de otros trabajadores) o un periodo de descanso mínimo.

Pero a pesar de estas reformas la situación de estos trabajadores en general sigue siendo precaria: en promedio ganan dos salarios mínimos, no tienen prestaciones sociales, no se le respetan días de descanso obligatorio, carecen de seguridad social, etcétera.

Además, la Encuesta Nacional de Discriminación 2010 refleja que 37.9% de las trabajadoras no puede usar el teléfono y 61% no cuenta con vacaciones; 46.5% no cuenta con aguinaldo y 44.7% no tiene horario fijo.

Por eso distintas voces se han levantado para México apruebe el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.

En el Congreso de la Unión entre agosto de 2012 y marzo de 2014, al menos cinco senadores y un diputado han exhortado al Ejecutivo Federal a someter el Convenio 189 a la ratificación del Senado lo que permitiría a las trabajadoras del hogar hacer exigibles sus derechos laborales.

Por su parte el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación elaboró un libro sobre el trabajo en el hogar que expone datos sobre la condición de las trabajadoras del hogar en el país, la necesidad de legislar sobre su situación, y las recomendaciones más actualizadas para hacerlo.

Presuntamente durante el sexenio pasado el Convenio fue revisado por la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Relaciones Exteriores, que entregaron un dictamen en favor de la ratificación.

Inclusive, a finales de marzo el titular de la Secretaría de Gobernación se comprometió a presentar el Convenio al Senado, pero dos meses y medio después ese documento aun no llega a la Cámara alta.

El Convenio entró en vigor en septiembre de 2014, debido a la ratificación de Filipinas, Mauricio y Uruguay. Con posterioridad ha sido ratificado por Alemania, Argentina, Bolivia, Costa Rica, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Paraguay y Sudáfrica.

El documento establece que se debe asegurar la promoción y protección de los derechos humanos de todas y todos los trabajadores domésticos, así como la protección efectiva contra todas las formas de abuso, acoso y violencia y condiciones justas de empleo incluyendo una vivienda digna y respeto a la privacidad si residen en el hogar para el que trabajan.

El Convenio también establece que los trabajadores domésticos deben ser informados de sus términos y condiciones de empleo en una manera que sea fácilmente comprensible, de preferencia a través de contrato escrito que incluya la remuneración, el método de cálculo de la misma y la periodicidad de los pagos; las horas normales de trabajo; las vacaciones anuales pagadas y los períodos de descanso diarios y semanales; el suministro de alimentos y alojamiento o el período de prueba, cuando proceda.

Asimismo se debe asegurar la igualdad de trato entre los trabajadores domésticos y los trabajadores en general en relación a las horas normales de trabajo, la compensación de las horas extraordinarias, los períodos de descanso diarios y semanales y las vacaciones anuales pagadas, en conformidad con la legislación nacional.

También debe garantizarse la seguridad y la salud en el trabajo de los trabajadores domésticos y condiciones iguales a las aplicables a los trabajadores en general con respecto a la protección de la seguridad social, inclusive en lo relativo a la maternidad.

Pero el Convenio incluye otros temas como el establecimiento de una edad mínima para el trabajo doméstico, debiendo asegurarse además que los menores de 18 pero mayores de la edad mínima disfruten del derecho a la educación, la libertad de asociación, la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.

Todos estos derechos están previstos en la ley Federal del Trabajo y en la Ley del Seguro Social, pero el marco jurídico actual no es suficiente para que estos derechos se respeten, pero de ratificarse el convenio los derechos previstos en el Convenio se incorporarán como derechos humanos de la mayor jerarquía normativa y estarían por sobre cualquier ley secundaria.

En nuestro país, los trabajadores domésticos hasta ahora han sido trabajadores invisibles sin derechos, sometidos a malos tratos, humillaciones, abusos y discriminación , llegándose en algunos casos a un trabajo casi esclavo y no podemos continuar así.

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