Gran controversia ha generado la aparición en la lista de candidatos plurinominales al Senado por el partido Movimiento de Regeneración Nacional, del nombre de Napoleón Gómez Urrutia, controvertido líder minero que se encuentra en un exilio autoimpuesto en Canadá desde hace 14 años.

Muchos han puesto en duda su elegibilidad al Senado, ya sea porque adquirió la nacionalidad canadiense, porque supuestamente existen órdenes de aprehensión en su contra, está demandado civilmente o porque lleva años exiliado y no ha residido en el país.

Inclusive, el Consejo Coordinador Empresarial publicó un desplegado en el que solicita a todos los partidos políticos evitar postular a personas que hayan sido inhabilitadas para el servicio público o condenadas por la comisión de un delito, pero ninguno de estos son supuestos aplicables a Gómez Urrutia.

Lo importante en este caso es conocer si, a pesar de lo cuestionado que es Gómez Urrutia, realmente está impedido para ser candidato al Senado.

El artículo 58 de la Constitución mexicana establece que para ser senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado.

El artículo 55 señala los requisitos para ser diputado, entre los que se encuentran “Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos…” y en la fracción III, el ser originario de la entidad federativa (entidades federativas de la circunscripción en caso de los plurinominales) en que se haga la elección o vecino con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de la elección.

Ahora bien, ¿Gómez Urrutia es ciudadano mexicano? La Constitución dice en el artículo 34 que son ciudadanos los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, tengan cumplidos 18 años y un modo honesto de vivir. Ningún mexicano por nacimiento puede ser privado de su nacionalidad.

Gómez Urrutia es mexicano por nacimiento y no se encuentra en los supuestos del inciso c) del artículo 37 que establece las razones para perder la ciudadanía, como prestar voluntariamente servicios a un gobierno extranjero o aceptar o usar condecoraciones extranjeras, títulos o funciones sin permiso del Ejecutivo Federal o por ayudar en contra de la Nación, a un extranjero o a un gobierno extranjero.

Tampoco se tienen noticias de que se le hayan suspendido sus derechos como ciudadano. Los derechos se suspenden, entre otras causas, por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión y durante la extinción de una pena corporal.

Como vemos, no está previsto que la ciudadanía mexicana se pierda por adquirir otra nacionalidad y aunque Gómez Urrutia ha sido denunciado y demandado, no existe auto de formal prisión en su contra ni ha sido condenado  y sus derechos como ciudadano no están suspendidos, por lo que cumple el primer requsiito.

Ahora bien, varios analistas han subrayado el requisito de la vecindad de seis meses previsto en la fracción III del artículo 55 de la Carta Magna, que visiblemente Gómez Urrutia no cumple por su exilio autoimpuesto, pero lo que se pierde de vista es que el texto de la fracción III indica dos opciones o alternativas, la vecindad o ser originario de la entidad, al incluir una conjunción disyuntiva. Así, si Gómez Urrutia es postulado como candidato de una circunscripción que incluye Nuevo León, entidad donde nació, también cumple con ese requisito legal.

El tema de la doble nacionalidad es el que podría complicarle las cosas. El artículo 32 constitucional señala en su segundo párrafo que “El ejercicio de los cargos y funciones para los cuales, por disposición de la presente Constitución, se requiera ser mexicano por nacimiento, se reserva a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad” remitiendo en su primer párrafo, a las leyes secundarias para evitar conflictos por doble nacionalidad.

Existe una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que señala que esta prohibición no es total ya que conforme a los artículos 16 y 17 de la Ley de Nacionalidad, los mexicanos que tengan doble o múltiple nacionalidad pueden presentar el certificado de nacionalidad mexicana para el ejercicio de cargos y funciones en los que se requiera ser mexicano por nacimiento.

Ese certificado se solicita ante la Secretaría de Relaciones Exteriores e implica una renuncia a la nacionalidad extranjera así como a toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier Estado extranjero, entre otros aspectos. Conforme a la citada ley, las autoridades electorales deberán exigir a los interesados la presentación de dicho certificado.

En resumen, a pesar de lo impresentable que pueda ser Napoleón Gómez Urrutia no existe nada que legalmente le impida ser candidato a una curul plurinominal en el Senado.

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