Billetes de pesos

En las redes sociales se ha hecho un llamado para que los partidos donen parte de los recursos que reciben y que recibirán en el año 2018 y que representan casi 7 mil millones de pesos al tratarse de la elección de más de tres mil puestos de elección popular.

El artículo 41 fracción II de la Constitución mexicana establece que el financiamiento para los partidos políticos “…se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las de carácter específico”, éstas pueden ser educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales.

Por otra parte, la Ley General de Partidos Políticos establece en su artículo  25 que son obligaciones de los partidos políticos, entre otras, “n) Aplicar el financiamiento de que dispongan exclusivamente para los fines que les hayan sido entregados”.

Y esos fines son los que señala claramente el artículo 41 constitucional.

Es decir, legalmente los partidos políticos están impedidos de realizar donativos con los recursos que reciben.

La única salida que tienen es reformar la Constitución y/o modificar la ley, porque por muy generoso y loable que sea el gesto, estarían violando la ley y tendrían que ser sancionados.

Lo que sí pueden hacer, es que los diputados federales reduzcan el presupuesto que solicitará el INE para entregarlo a los partidos, canalizando esos recursos en el Presupuesto de Egresos para que sean destinados para atender la crisis que han implicado los sismos en Chiapas, Oaxaca, Tabasco, Puebla, Morelos y la Ciudad de México.

Ya veremos qué sucede.

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