Tríptico de la CNDH sobre alienación parental

A principios de este mes, la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México derogó el artículo 323 septimus del Código Civil del Distrito Federal que preveía como violencia familiar la alienación parental, suspendiendo en el ejercicio de la patria potestad al padre responsable.

Ese artículo definía la alienación parental como el transformar “… la conciencia de un menor con el objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con uno de sus progenitores”.

La iniciativa para derogar este artículo fue impulsada como consecuencia de la decisión de una madre de asesinar a sus tres hijos y después suicidarse, al haber perdido la custodia de sus hijos al haber sido acusada de alienación parental.

Se dijo que la derogación de este artículo es “en el sentido de resguardar el interés superior del menor y de salvaguardar las relaciones familiares, más allá y al margen de la ruptura de los padres como pareja”.

Lo curioso es que son más o menos los mismos argumentos esgrimidos hace tres años para aprobar la adición de este mismo artículo: “La necesidad social exige superiores derechos y protecciones a los menores con el afán de cuidarlos salvaguardarlos, educarlos y procurarlos tanto física como mentalmente”. “El interés superior del menor implica que el desarrollo de éste y el ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas y la aplicación de éstas en todos los órdenes relativos a la vida del niño”

También se dijo que incluir este artículo resultaba "plenamente aplicable a las necesidades y a la exigencia social de velar en todo momento por la máxima protección de la niñez y de sus derechos, así como de su desarrollo emocional y psicológico”.

En resumen, para aprobar el artículo 323 septimus y derogarlo tres años después se utilizó el mismo argumento “proteger el interés superior del niño”.

Pero la realidad es que es una reforma hecha sobre las rodillas y que sólo respondió a una coyuntura política y electorera, explotando la desgracia de una familia.

El fenómeno es real. En 2011 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos la (CNDH) publicó un libro que abordó desde diferentes perspectivas el tema de la Alienación Parental, dando relevancia al tema.

En 2016 la CNDH produjo el tríptico EL DERECHO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES A CONVIVIR CON LA MADRE O PADRE QUE NO TENGA SU CUSTODIA: ALIENACIÓN PARENTAL” que destaca que “Las niñas y los niños son titulares de derechos, y la alienación parental vulnera su calidad de vida. Ninguna persona tiene derecho a impedir injustificadamente la convivencia paterno o materno-infantil. La alienación parental o manipulación de hijas o hijos puede dañar gravemente el normal desarrollo y estructura de la personalidad de quienes la sufren”.

Pero expertos, como la Doctora Laura Evelia Torres, investigadora, psicóloga y profesora de la FES Iztacala, quien durante varios años se ha encargado de estudiar el Síndrome de Alienación Parental (SAP) y los efectos que este fenómeno tiene en los hijos de padres separados y divorciados, han advertido que se debe ser cuidadoso en el tema ya que en muchos casos ha sido utilizado por los abogados como un argumento en defensa de padres y madres agresores que han violentado a sus hijos.

Eso fue lo que sucedió aquí. La Procuraduría de Justicia de la Ciudad de México y el Tribunal Superior de Justicia de la misma entidad hicieron caso omiso de dictámenes del DIF en los que se confirmaba la existencia de “riesgo para el bienestar de las personas involucradas, principalmente para el menor, quien mencionó haber sido abusado sexualmente por su progenitor” y del testimonio del menor agredido sexualmente.

Lo que existió fue negligencia por parte de las autoridades.

Insisto, la alienación parental existe, lo vivió en carne propia mi sobrina, una niña de cinco años a la que después del divorcio de sus padres, su madre le arrebató lo que más adoraba, impidiéndole por todos los medios ver a su padre, inclusive golpeándola y teniéndola en vela después de que había visitado a su papá. Hasta que la niña decidió no visitarlo más.

Esos niños que por desgracia viven este fenómeno, vuelven a estar sin protección.

miabogadoenlinea.net

 

Se permite la reproducción parcial o total, con crédito a miabogadoenlinea.net

Pin It