Al rechazar inexistencia de zona protegida para aves, tribunal en España confirma demolición de complejo turístico en Extremadura
En una interesante decisión, el Tribunal Superior de Extremadura, España, confirma que un desarrollo turístico se construyó en una Zona de Especial Protección para las Aves, ZEPA, y que, como ordenó el Tribunal Supremo español, tienen ocho meses para demoler todo lo construido.
La decisión se refiere al complejo turístico Marina Isla de Valdecañas, en el que, además de haber un hotel de cuatro estrellas y un campo de golf, hay un complejo residencial construido en una isla.
Desde antes de que empezara la construcción, en 2007, dos grupos ecologistas, entre ellos Ecologistas en Acción, demandaron por la ilegalidad del permiso concedido por las autoridades extremeñas, alegando que la zona es reserva protegida, inscrita en Natura 2000, que es la red de lugares protegidos inscritos en la Unión Europea.
Desde el principio los ecologistas fueron ganando las batallas legales, pero tanto las autoridades de la comunidad autónoma como los inversionistas siguieron litigando el caso hasta que llegó al Tribunal Supremo de España, máxima instancia.
En febrero de 2022, después de una batalla legal de 14 años, el Tribunal Supremo concedió la razón a los ecologistas y ordenó la demolición del complejo en un plazo de ocho meses. Esa decisión fue todavía combatida alegando una supuesta incompatibilidad de algunos jueces de la sala y en la vulneración de derechos fundamentales, como el de libertad de residencia. Todos los argumentos fueron rechazados y el 20 de abril el Tribunal Supremo confirmó su decisión y la orden de demoler todas las instalaciones.
En esa decisión, el Tribunal Supremo señaló que “la Administración, al aprobar el PIR Marina Isla de Valdecañas, actuó como si la protección del terreno no existiera y decidió transformar urbanísticamente el suelo como si de suelo sin protección alguna se tratara, adoptando una decisión fuera del orden o común modo de obrar. La actuación administrativa no era conforme a Derecho al no haber actuado la Junta de Extremadura como la primera y eficaz garante del ordenamiento medioambiental y urbanístico”.
En marzo, la Junta de Extremadura, los promotores del complejo, los ayuntamientos de las zonas implicadas y las comunidades de propietarios particulares, presentaron un recurso de reposición ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, TSJEx, argumentando que todo el proceso judicial estaba viciado de origen porque se basaba en un acto administrativo inexistente.
Ese acto que calificaban de inexistente era la declaratoria de ZEPA de la zona por las autoridades de la provincia. Sin embargo, el TSJEx concluyó que legalmente sí se trata de una Zona Especial de Protección de Aves explicando que “la inexistencia de un acto administrativo expreso de los órganos de la Comunidad Autónoma de Extremadura de declaración de la ZEPA Embalse de Valdecañas no conlleva que la ZEPA no fuera declarada debidamente a la Unión Europea”. Esto porque fue debidamente inscrito en la red Natura 2000.
Por otro lado, en la resolución se hace notar que el documento que se presentó por parte de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad para demostrar la falta de un acto administrativo de declaración de protección, “no dice que la ZEPA no exista, sino que no consta acto administrativo expreso de declaración, que es una cosa distinta”.
El documento con esta decisión, que fue hecho de conocimiento público el 4 de mayo, confirma que existe un plazo de 8 meses para demoler todo el complejo, por lo que se insta a la Junta de Extremadura a presentar el plan señalado por el Tribunal Supremo para determinar plazos, requisitos ambientales y forma de materializar la demolición, señalando también al titular del plan, responsable de coordinar todas las actuaciones y de las tareas de diálogo con la Administración de Justicia.
“Desafortunadamente, el pensamiento en España que cualquier cosa que se haya construido debe permanecer, pese a lo que haya estado mal o ilegal en el proyecto”, declaró sobre la decisión del Tribunal Supremo el abogado de Ecologistas en Acción, José María Trillo-Figueroa Calvo para The New York Times. Ese pensamiento, que también prevalece en México, estará cambiando cuando la maquinaria entre a demoler lo construido ilegalmente, pese a que ello también tendrá un elevado costo ambiental.
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