El Derecho y México

Excitativa en el Senado sobre iniciativa de comercio en redes de vida silvestre
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- Escrito por Bárbara Amaro
Se presentó excitativa en el Senado para que se dictamine iniciativa que propone incluir sanción al comercio de vida silvestre en redes sociales
Durante la sesión del 1 de marzo, se presentó en la Cámara de Senadores una solicitud de excitativa para que las comisiones se pronuncien sobre la iniciativa presentada para sancionar a quienes comercien a través de plataformas digitales o redes sociales, ejemplares de vida silvestre.
La iniciativa fue presentada por el senador Miguel Ángel Mancera, el 7 de enero de 2022, y propone reformar el artículo 122 de la Ley General de Vida Silvestre y el 420 del Código Penal para incluir como conducta ilícita el comercio de ejemplares de vida silvestre por medios electrónicos y reforzar de esta forma el combate al tráfico ilegal de especies de flora y fauna, que, conforme con datos citado de la Organización Internacional de Policía Criminal (OIPC-INTERPOL), es el tercer mayor comercio ilegal del mundo, solo superado por las drogas y armas. Se trata de un delito “que asciende a 17 mil millones de dólares por año, de los cuales, 10 mil millones corresponden a animales y 7 mil millones a plantas.”
Frente a la oferta en redes como Facebook o Instagram de todo tipo de animales de vida silvestre, incluyendo los que están en peligro de extinción, como el águila real, se considera necesario incluir de forma expresa que el empleo de estos medios también es ilegal en este comercio.

Diputados recibe iniciativa para controlar producción de drogas sintéticas
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- Escrito por Bárbara Amaro
Ejecutivo federal envió a Cámara de Diputados iniciativa de reformas a la ley de precursores químicos y químicos esenciales usados para producir drogas sintéticas
La Cámara de Diputados recibió del Ejecutivo Federal, una iniciativa de reformas a la Ley Federal para el Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, para incorporar, entre otras, un capítulo de delitos en materia de precursores químicos y productos químicos esenciales, para procurar detener la producción de drogas sintéticas en nuestro país.
En la Exposición de Motivos de la Iniciativa, recibida en la Cámara de Diputados el 28 de febrero, se señala que el documento “tiene por objeto proponer el fortalecimiento del control de la producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transporte, almacenaje y distribución de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos, a través de la coordinación interinstitucional del Gobierno Federal, la actualización de sanciones administrativas y la tipificación de delitos por conductas relacionadas con el uso indebido de precursores químicos, con el propósito de contribuir a la prevención, detección del desvío o uso y castigo de la producción ilícita de drogas sintéticas, para garantizar la paz, la seguridad y la salud de las y los mexicanos con irrestricto respeto a los derechos humanos y a las buenas prácticas internacionales en la materia.”
¿Qué son las drogas sintéticas?

Comisiones del Senado aprueban registro de obligaciones alimentarias
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- Escrito por Bárbara Amaro
Se aprobó en comisiones del Senado minuta que crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, pese a falta de claridad
Conociendo que hay imprecisiones que podrían ser inconstitucionales, las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores, aprobaron en reunión extraordinaria del 22 de febrero una minuta de reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Se trata de una iniciativa que fue presentada el 2 de abril de 2019 por la entonces diputada Marcela Torres Peimbert, del Partido Acción Nacional, aprobada con reformas en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2019, turnada a la Comisión de Justicia del Senado el 3 de septiembre de ese mismo año y que, hasta la semana pasada se sometió a votación de la Comisión. Es decir, se trata de un proyecto que lleva esperando casi cuatro años para ser norma vigente.
Durante la sesión de las mencionadas Comisiones Unidas en el Senado, varios legisladores estuvieron de acuerdo en que la minuta aprobada tiene algunas imprecisiones que deben ser rectificadas e incluso se cuestionó si en la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, como fue aprobado en Diputados, no se incurre en aspectos inconstitucionales, señalados la semana pasada en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, respecto del Registro Público de Personas Agresoras Sexuales de la Ciudad de México.
Pese a lo anterior, se optó por aprobar la minuta de reformas para no retrasar más esta legislación y trabajar en una iniciativa de reformas.

Los beneficios laborales de un trabajador fallecido cuando hay dos esposas
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La Segunda Sala de la SCJN se pronunciará sobre un caso en que dos esposas reclaman a Pemex beneficios laborales post mortem de su esposo
En la lista de asuntos que se verán en la sesión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, el 1 de marzo, hay dos amparos en los que se busca dilucidar a cuál de las dos esposas corresponden las prestaciones de un trabajador fallecido.
El asunto se originó por el fallecimiento de un trabajador de Pemex, empresa a la que, con fundamento en el Contrato Colectivo de trabajo, acudieron dos mujeres con sus hijos a reclamar las prestaciones, sosteniendo tener derecho a ello por estas casadas.
Como Pemex no pagó a ninguna, fue demandado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente por ambas. En el laudo, dictado en abril de 2021, se declararon legítimos beneficiarios del trabajador a los hijos (uno de una y dos de la otra) y a las dos esposas, con fundamento en la fracción I del artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo.
Al dictar resolución, la Junta dijo que no era autoridad competente para determinar la validez o nulidad de alguno de los dos enlaces matrimoniales que contrajo el fallecido trabajador.
Inconformes con la decisión, ambas mujeres promovieron amparo directo.

Cámara de Diputados revisará reformas en materia de vivienda abandonada
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- Escrito por Bárbara Amaro
Cámara de Diputados revisará iniciativa de reformas a Ley de Vivienda que contempla políticas que deben observarse en materia de viviendas abandonadas
En la sesión del martes, está contemplado discutir en la Cámara de Diputados una propuesta de reformas a la Ley de Vivienda respecto de la problemática social y económica que representa en México la vivienda abandonada.
La propuesta que se sometió al Pleno partió de dos iniciativas de reformas presentadas en diciembre de 2021 y marzo de 2022, la primera por el diputado Daniel Murguía Lardizabal, de Morena, enfocada en la reasignación de viviendas abandonadas, y la segunda por la diputada Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo, enfocada en la prevención del abandono, la recuperación y la reasignación.
En materia de vivienda, el párrafo 7 del artículo 4 de la Constitución Política dispone que “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa” y que la “Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.”
A este respecto, la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados señala que “de la interpretación amplia de todas estas disposiciones normativas y bajo el principio pro persona, se considera que el derecho a la vivienda no abarca simplemente el de contar con una edificación habitable conformada por un techo y cuatro paredes; por el contrario, este derecho debe cumplir con los 7 elementos de una vivienda adecuada: 1. Seguridad en la tenencia; 2. Disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura; 3. Asequibilidad; 4. Habitabilidad; 5. Accesibilidad; 6. Ubicación y 7. Adecuación cultural.”

Influencers, publicidad engañosa y la falta de regulación
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- Escrito por Bárbara Amaro
Dan a conocer estudio sobre la publicidad engañosa de influencers de comida chatarra a niños, niñas y adolescentes, y el marco legislativo
El 7 de febrero se presentó el documento #ChatarraInfluencer, elaborado por Tec-Check Organización de Consumidores en Línea, A.C., en el que exponen los peligros de la publicidad de comida chatarra realizada por los influencers y la falta de una regulación efectiva en México que permita dar seguimiento y sancionar la publicidad engañosa, especialmente la dirigida a niñas, niños y adolescentes.
Frente a la epidemia de obesidad, diabetes y otras enfermedades en niñas, niños y adolescentes, desde hace algunos años se ha visto la necesidad de regular la publicidad que se hace a este segmento de la población respecto de hábitos alimenticios, para educarlos en su salud y en su nutrición.
Importantes esfuerzos se han hecho en la materia, por ejemplo, con el etiquetado frontal o la limitación de anuncios en la televisión en el horario infantil. Sin embargo, los niños pasan cada vez menos tiempo frente al televisor y más tiempo frente a sus tablets, teléfonos y computadoras, recibiendo, entre otras cosas nocivas, publicidad engañosa.
Si bien la publicidad engañosa está regulada en la Ley Federal de Protección al Consumidor, poco se ha hecho para regular la publicidad que hacen los llamados influencers, que en México, a diferencia de otros países, no tienen la obligación de revelar que las marcas que “espontáneamente” están patrocinando, les han pagado.
¿Un comunicador con muchos seguidores es un influencer? Empecemos por saber qué se entiende por influencer.

El derecho moral de autor en la transformación de su obra
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- Escrito por Bárbara Amaro
Decisión sobre la vulneración al derecho moral de autor de Arjona por transformación de canción para comercial de Toyota
De la controversia resuelta en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, presentada por Ricardo Arjona en contra de Toyota por una campaña publicitaria de 2014, me quedó en el tintero el resumen de la resolución respecto del derecho moral de autor.
El asunto tuvo su origen en la demanda presentada en relación con la campaña publicitaria “Toyotathon” de 2014, en la que se demandó a Distribuidores Toyota México A.C. y Toyota Motor Sales de México, S.R.L. de C.V., por la modificaron la canción Jesús es verbo y no sustantivo, de Ricardo Arjona, y la contratación de un imitador para que la interpretara en los comerciales.
Arjona demandó, primero, por la transgresión a su derecho moral sobre la canción al haber sido alterada sin su autorización y, segundo, afectación al su derecho a la propia imagen con la contratación del imitador, tema que quedó analizado.
La Primera Sala resolvió un amparo directo promovido por los demandados en contra de la resolución del Primer Tribunal Unitario en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del Primer Circuito, que resolvió que existió una violación al derecho moral del compositor.
Empecemos por lo fundamental.

Reformas a la Ley General de Bibliotecas regresan al Senado
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- Escrito por Bárbara Amaro
Reformas a Ley General de Bibliotecas, aprobadas en el Senado sobre protección a derechos de autor en el Depósito Legal, regresan a esa Cámara
Las reformas a la Ley General de Bibliotecas respecto del Depósito Legal, tendrán que esperar un poco más, pues la minuta fue devuelta al Senado con una reforma a los transitorios. De ser aprobada, la minuta regresará otra vez a la Cámara de Diputados para seguir el proceso legislativo.
La Ley General de Bibliotecas fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de junio de 2021, con el objetivo de promover y garantizar el derecho humano de acceso a la cultura, para lo que se incluyó la figura de Depósito Legal, “mecanismo de gran tradición en muchos países que ha permitido constituir un acervo editorial de grandes proporciones, útil a la investigación y que, a diferencia de un acervo bibliotecario, constituye un patrimonio cultural que da cuenta del trabajo editorial desarrollado en nuestro país a lo largo del tiempo”, según se lee en la Exposición de Motivos.
Inconformes con las disposiciones que se refieren a este depósito legal, se presentaron amparos en los que se expuso que no se establecían garantías suficientes de respeto al derecho de autor respecto de las copias digitales que se deben entregar a las bibliotecas mencionadas en el artículo 37.

Importante decisión para proteger el medio ambiente frente a omisiones
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- Escrito por Bárbara Amaro
Proyecto de sentencia que ampara a organizaciones por omisiones de la autoridad para proteger su derecho al agua en relación con el medio ambiente
Esta listado para que en la sesión del 15 de febrero, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, resuelva un muy importante asunto en materia de los derechos humanos al medio ambiente y al agua, y la omisión de la autoridades en su protección.
El caso fue presentado por personas físicas y morales de Torreón, Coahuila, respecto de la omisión de las autoridades federales en la toma de acciones para efectivamente proteger el derecho humano a un medio ambiente sano, respecto del Acuífero Principal Región Lagunera.
Concediendo que hubo omisión administrativa material de protección efectiva al derecho humano al agua en relación con el medio ambiente, las autoridades quedan obligadas a tomar las medidas necesarias para proteger este derecho.
La decisión se equipara a las que se han tomado en tribunales de otros países en los que las autoridades quedan obligadas a tomar no solo medidas, sino medidas efectivas, para proteger, en lo general, el derecho al medio ambiente. Así ha ocurrido en Francia respecto de emisiones de gases efecto invernadero, y en el Reino Unido respecto de la calidad del aire.
- Se limitan y prohíben las grasas trans de producción industrial
- Siguen sin aprobarse reformas para fomentar alimentos saludables en escuelas
- Toyota vulneró en campaña publicitaria los derechos de autor de Arjona
- Se presentó iniciativa ciudadana en materia de educación superior
- Desechan protección a creaciones de comunidades indígenas por irrelevante
- Condena al pago de daño moral y daños punitivos a aseguradora
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