Con una maniobra ilegal y falta de ética, el representante legal de Promotora Deportiva del Valle de Orizaba A.C, asociación que ha venido operando la franquicia de la Federación Mexicana de Futbol Tiburones Rojos de Veracruz, logró que se difiriera la diligencia de requerimiento de pago y embargo de uno de los extrabajadores del equipo.
Según se informa en el sitio animalpolitico.com, el pasado 20 de junio se iba a llevar a cabo esta diligencia para dar cumplimiento a uno de los laudos que tiene en su contra Promotora Deportiva del Valle de Orizaba A.C, asociación que ha venido operando la franquicia de la Federación Mexicana de Futbol Tiburones Rojos de Veracruz, pero el representante de la asociación se opuso a esta diligencias.
El representante de la asociación argumentó que no podían llevarse a cabo porque debía de haber sido notificada con 24 horas de anticipación, además argumentó que las mismas debían de suspenderse porque el gobierno del Estrado había presentado una demanda de amparo solicitando la anulación de los procesos laborales.
El actuario solicitó instrucciones vía telefónica al presidente de la Junta Especial 10 de Conciliación y Arbitraje y este ordenó que se suspendiera la diligencia.
Ni la Junta ni las partes en los procesos legales habían sido notificadas de que un juez de distrito hubiese concedido la suspensión provisional sobre los actos relacionados con los procesos laborales, aunado a que el representante exhibió sólo una copia simple de la demanda de amparo con el sello de recibida.
Tanto el actuario de la Junta como el presidente de la misma incurrieron en irregularidades ya que, conforme al artículo 748 de la Ley Federal del Trabajo, las notificaciones personales deben realizarse con por lo menos 24 horas de anticipación pero una diligencia de requerimiento y embargo no es una notificación personal.
Además, el artículo 953 del citado ordenamiento establece que las diligencias de embargo no pueden suspenderse.
Pero además, según se informa en el sitio animalpolitico.com, la demanda de amparo fue presentada el 16 de junio por el procurador fiscal de Veracruz, Javier Yáñez Vázquez a nombre del gobierno, en contra de la ejecución del laudo emitido por la Junta Especial argumentando violaciones al debido proceso al no haber sido notificados de la existencia de estos procesos laborales.
“Nosotros como gobierno del Estado nunca hemos sido llamados a juicio laboral ni al de sustitución patronal a pesar de que el gobierno del Estado es propietario del nombre, marca comercial y logotipo Tiburones Rojos” señala la demanda, afirmando que se enteraron de los procesos apenas el pasado 13 de enero, gracias a una “nota periodística”.
“Con la ejecución del laudo que se pretende hacer en el juicio laboral del cual deriva el acto reclamado, se puede llegar a trabar el embargo sobre bienes que son propiedad única y exclusiva de mi representada (el gobierno estatal), lo cual de materializarse constituiría una franca violación al debido proceso” indica la demanda.
Por estos motivos, el gobierno pidió que todo el proceso laboral fuera anulado.
Sin embargo el Juzgado Quinto de Distrito en Veracruz resolvió que la demanda de amparo era notoriamente improcedente y por ello, determinó desecharla de plano.
En el acuerdo para desechar la demanda se explica que los trabajadores fueron despedidos antes de que Promotora Deportiva de Orizaba recibiera en comodato al club, esto la convertía en “patrón sustituto” y por lo tanto en responsable de los ex empleados.
El juez determina que el gobierno estatal no tiene ninguna participación, pues tanto en el laudo laboral como en la sentencia de los tribunales ha quedado claro que la responsabilidad recae en la promotora.
Sobre el temor del gobierno a que sus bienes fueran embargados, el juez subraya que se trata de un hecho hipotético y recuerda que los amparos son contra hechos concretos y no contra circunstancias probables; además de que artículo 7 de la Ley de Bienes del Estado señala textualmente que “todos los bienes muebles o inmuebles que son propiedad del Estado son inembargables”.
A pesar de todo esto, el presidente de la Junta no ha fijado una nueva fecha para la diligencia. El argumento es que no lo puede hacer pues están esperando a conocer el resultado de la demanda de amparo del gobierno.
Este es un ejemplo de cómo con base en trampas una de las partes alarga un juicio, pero que al final es en perjuicio del patrón porque la ejecución es inevitable.
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