La semana pasada, después de varios años y de un veto por parte del actual gobernador del estado, el Congreso de Nuevo León ha aprobado la Ley de Participación Ciudadana para la entidad, que entre otras figuras incluye, la revocación de mandato.
En enero de 2016 el gobernador del estado, Jaime Rodríguez Calderón, ya había regresado el decreto por el que se emitía esta ley con observaciones al considerar que presentaba “errores, inconsistencias y violaciones a leyes y constituciones”.
En esas observaciones se destacó al Congreso local que la revocación de mandato es una figura que no está prevista en la Constitución Política federal ni en la Constitución local. Sin embargo, pese a los argumentos de inconstitucionalidad, el Congreso del estado incluyó la figura de la revocación de mandato en la citada legislación.
El tema ha flotado en la atmósfera política en el país desde hace más de veinte años y la única constitución que lo preveía era la del estado de Chihuahua que lo incluyó a partir de 1997, pero que fue retirado en junio de 2012. El último párrafo del artículo 27 de la Constitución de Chihuahua establecía que el mandato de los servidores públicos electos era revocable mediante el voto.
El tema ha sido revisado en dos ocasiones por la Suprema Corte de Justicia de la Nación: una en relación con la legislación en materia electoral del estado de Chihuahua, y la segunda respecto a la Constitución Política de Yucatán.
En ambas ocasiones, el máximo tribunal ha establecido que el artículo 109 de la Constitución federal establece como única forma de dar por terminado el ejercicio de los cargos públicos como los de gobernador y diputados de la Legislatura estatal antes de la conclusión legal de su mandato, la de la responsabilidad de los servidores públicos, a saber: la administrativa, la penal y la política.
De ahí que la figura de la revocación del mandato constituye una forma de dar por terminado el cargo de un servidor público electo que carece de sustento constitucional, por lo que es probable que la Ley de Participación Ciudadana neoleonesa sea declarada inconstitucional.
Por cierto, en la Ciudad de México, ahora que contará con su propia Constitución, también se pretende incluir la revocación de mandato, pero sea esta entidad Nuevo León o cualquier otra, mientras no se reforme la Constitución federal, la figura seguirá siendo inconstitucional.
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