El Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal declaró la nulidad de varias cláusulas del contrato de adhesión que celebra Comercializadora de Frecuencias Satelitales, S. R. L. de C.V. (DISH) con sus usuarios.
La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) promovió este juicio solicitando la declaración judicial de invalidez del modelo de contrato de adhesión por la prestación del servicio de señal satelital desde el 24 de marzo de 2011.
En la sentencia se establece que DISH debe eliminar del contrato las declaraciones en las que se asume la obligación solidaria de quien recibe el equipo, aunque no sea el contratante; a cubrir todas las obligaciones que se deriven del contrato; y a contratar el servicio por paquetes que DISH disponga, aunque no sean los canales que la suscriptora o suscriptor elija.
Además se declaró la invalidez de la obligación de pagar los paquetes impuestos por la compañía aunque no sea a satisfacción de los consumidores y la modificación unilateral de DISH para cambiar tarifas sin previo aviso.
También debe eliminarse la obligación del usuario a pagar por la renta del decodificador y la facultad de DISH de modificar el contrato de manera unilateral por el sólo hecho de que el suscriptor siga gozando del servicio.
De la misma manera, elimina para el suscriptor la responsabilidad de daños que pudieran ocasionarse por no contar con tierra física y se elimina la posibilidad de que la empresa envíe a los suscriptores publicidad de productos o servicios aun cuando el número telefónico esté inscrito en el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP).
Esta sentencia tiene efectos retroactivos, es decir, toda cláusula declarada inválida contenida en el contrato suscrito antes de la sentencia deberá tenerse por no puesta.
PROFECO destaca que esta decisión “sienta precedentes en materia de consumo para que empresas que ofrecen servicio de televisión restringida se abstengan de utilizar contratos de adhesión que desequilibren la relación de la prestación de servicio, toda vez que se sentencia a DISH a elaborar un nuevo contrato que no incluya los términos y cláusulas declaradas inválidas”.
DISH aun puede apelar esta decisión.
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