Durante las pasadas campañas políticas, muchos candidatos de diferentes partidos políticos anunciaron como promesas de campaña la reducción de los sueldos de los altos funcionarios. Y se trata de una promesa populista que seguramente a algunos les habrá ganado votos.
Sin embargo la nueva legislatura de la Cámara de Diputados no será la que se encargue de impulsar esta propuesta toda vez que se trata de un decreto que al modificar los artículos 75, 115, 116, 122,123 y 127 de la Constitución, establecen que ningún funcionario público podrá percibir un sueldo mayor que el Presidente de la república. A esta iniciativa de reforma se le ha conocido como ley de los salarios máximos aunque no se trata formalmente de una ley.
Como se trata de reformas constitucionales el decreto fue enviado a las legislaturas de los estados para que lo votara y en su caso aprobaran y el miércoles pasado la Comisión Permanente recibió la notificación de que ya habían recibido la aprobación de 17 legislaturas estatales.
Los estados que aprobaron las reformas son Aguascalientes, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Puebla, San Luís Potosí, Sonora, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.
Al haberse obtenido los votos necesarios para las reformas a los mencionados artículos constitucionales, el presidente de la Comisión Permanente, el senador Gustavo Madero Muñoz declaró aprobado el decreto y solicitó que fuera enviado al Presidente para seguir el proceso legislativo.
En la sesión el senador Francisco Arroyo solicitó que el decreto se enviara directamente al Diario Oficial de la Federación para ordenar su publicación aduciendo que el presidente no puede vetar este decreto. Sin embargo, al depender el Diario Oficial de la Federación de la Secretaría de Gobernación y ésta ser parte del ejecutivo, no hay motivo para que el decreto no pase por el Presidente y sea él quien ordene su publicación.
Fuente Comisión Permanente