La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver un amparo en revisión a favor de “Aprender Primero”, A.C., estableció parámetros sobre el concepto de interés jurídico legítimo.
El caso surgió por un amparo por omisión promovido por asociación civil en contra de diversas autoridades por no ejercer sus facultades de fiscalización respecto a los recursos que integran el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB).
El juez que conoció del asunto declaró improcedente el juicio de amparo, pues consideró que la asociación “Aprender Primero” carecía de interés legítimo. Inconforme, la asociación civil promovió recurso de revisión, el cual fue atraído por la SCJN.
La Primera Sala consideró que esta asociación sí tiene interés jurídico legítimo para solicitar el amparo en atención a su objeto social y la intervención que le otorga a este tipo de asociaciones la Constitución y los diversos instrumentos internacionales.
Los ministros consideraron que con la finalidad de que no se vea frustrado el objeto social de la asociación civil es posible permitir el acceso al amparo para proteger el derecho a la educación, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las acciones relacionadas a la revisión del uso y aplicación de los recursos públicos.
Además, los ministros destacaron que de los informes justificados presentados por las autoridades responsables no se desprende que hayan “llevado a cabo todas las acciones necesarias para cumplir con las facultades de fiscalización de recursos en materia de educación” lo que puede haber afectado la efectividad del derecho a la educación al no verificarse el destino adecuado y suficiente de los recursos.
La sentencia establece que para restituir el goce del derecho a la educación que se dice violado se debe solicitar a la autoridad que demuestre que ya realizó todas las acciones necesarias para el ejercicio de sus facultades, o en su caso, de no haberlo hecho, para que las lleve a cabo.
En febrero del 2013, la organización Aprender Primero, brazo jurídico de Mexicanos Primero, interpuso un amparo para que la Auditoría Superior de la Federación (ASF), la Secretaría de Hacienda y la Cámara de Diputados tomaran medidas para frenar el desvío de recursos educativos del FAEB.
Solo en 2010, la ASF determinó que 3 mil 149 millones de pesos del FAEB fueron destinados al pago de maestros comisionados. El amparo reclama el hecho de que ni la Cámara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos de 2013, ni la SHCP, han tomado medidas para prevenir esta situación.
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