Colombia ha iniciado el procedimiento para solicitar a México la extradición de Lucía Morett quien resultara herida en marzo del año pasado en un ataque del ejército colombiano a un campamento de las FARC.

 

A Lucía Morett se le acusa en Colombia de asociación para delinquir con fines terroristas, financiación del terrorismo y administración de recursos relacionados con actividades terroristas.

 

El procedimiento de la extradición, de acuerdo con la Ley de Extradición Internacional inicia con una solicitud del estado reclamante, en este caso Colombia, ante la Secretaría de Relaciones Exteriores donde deberá entregar la orden de aprehensión, los delitos que se le imputan y pruebas suficientes de que esa persona cometió los delitos. Después de una evaluación, de considerarlo procedente, Relaciones Exteriores entrega el expediente a la Procuraduría General de la República para que promueva ante el Juez de Distrito competente que se dicte el auto de detención de la persona reclamada.

 

Para respetar la garantía de audiencia, la persona requerida, una vez que es detenida, es puesta a disposición del juez para que declare sobre la solicitud de extradición. En México no se juzga sobre los delitos que se le imputan en el estado reclamante, sino que el juez solo conoce de la solicitud de extradición por la que la persona reclamada solo puede oponer excepciones en cuanto a la extradición misma.

 

Si el juez considera que debe proceder la extradición, lo notifica a la Secretaría de Relaciones Exteriores y al sujeto reclamado. Esta decisión del juez solo puede ser impugnada mediante un Amparo.

 

Relaciones Exteriores notifica la decisión del juez al estado reclamante y previa notificación a la Secretaría de Gobernación, entrega a ese estado al detenido a través de la PGR. Esta entrega es en territorio nacional, como en un aeropuerto internacional o puerto fronterizo.

 

Como se logra apreciar, la extradición es un proceso largo que mínimo toma seis meses desde que se recibe la solicitud formal de extradición.

 

Ahora bien, tratándose de Lucía Morett, al ser ciudadana mexicana, el Ejecutivo Federal, es decir, el Presidente, se puede oponer a la extradición por el simple hecho de tratarse de una mexicana. Es una potestad o facultad que existe por ley y que podría aplicarse a este caso. Además, como el estado mexicano considera que Lucía Morett no ha cometido delito alguno en territorio nacional, si se decide que no se extradita a Colombia, Morett quedaría en libertad.

 

Nada más que esa libertad será restringida ya que Colombia ha solicitado a la INTERPOL su captura y traslado a Colombia. Por lo que Morett solo estaría protegida dentro de México.

 

Ella fue candidata plurinominal por el Partido del Trabajo de la quinta circunscripción y esperaba que de ganar la elección pudiera obtener fuero y en ese sentido no ser detenida, en una artimaña que se puede considerar un fraude a la ley. Sin embargo todo parece indicar que su partido no ganó suficientes votos y por tanto no alcanza curul en la Cámara de Diputados.

 

La extradición de Morett, una vez que se reciba la petición formal de Colombia, estará así en manos del Presidente y del sistema judicial.

 

Fuente El Universal

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