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El pasado 14 de enero el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) resolvió que la Procuraduría General de la República (PGR) debe entregar versiones públicas de los peritajes sobre la investigación de la muerte de 22 personas en San Pedro Limón, municipio de Tlatlaya, Estado de México.

En algunos medios han surgido dudas si esta decisión no se contrapone a la propia Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) tratarse de una investigación en proceso.

En efecto, el artículo 14 de la LFTAIPG establece que se considera información reservada, entre otros supuestos, la información contenida en las averiguaciones previas.

Pero el último párrafo del citado artículo establece de forma literal que “No podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad”.

La PGR ha reiterado que estas investigaciones están relacionadas con la probable comisión de delitos de homicidio y no por delitos de lesa humanidad.

Sin embargo, el pasado 13 de enero  la Comisión Nacional de los Derechos Humanos resolvió reclasificar el expediente del caso Tlatlaya como Investigación de “Violaciones Graves” a Derechos Humanos, por lo que el último párrafo del artículo 14 sería aplicable a criterio del IFAI.

La PGR tiene 10 días para entregar, elaborar y entregar la información a la persona que solicitó las versiones públicas de los peritajes de la investigación.

El artículo 6 de la Constitución establece en su fracción VIII que el Consejero Jurídico del Gobierno podrá interponer recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los términos que establezca la ley, cuando las resoluciones del IFAI puedan poner en peligro la seguridad nacional conforme a la ley de la materia. Este podría ser el último recurso de la PGR.

No obstante, esta facultad no se ha implementado aun en la LFTAIPG.

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