El Congreso del Estado de México aprobó reformas a la Ley del Notariado y al Código Civil para incorporar a las mismas el video testamento que servirá  para corroborar el pleno uso de las facultades mentales y libre voluntad del testador.

La iniciativa, señala que el testamento es un acto personalísimo y que no podrá realizarse por un tercero. Además, en caso de que el testamento sea otorgado por violencia, dolo o fraude podrá ser declarado judicialmente nulo. Mediante esta figura una persona que realice su testamento podrá al dejar un testimonio audiovisual de su voluntad y podrá demostrar de forma veraz su lucidez mental al momento de emitir su última voluntad y la libertad mediante la cual emite su testamento.

Además se considera que el video-testamento sería un instrumento eficaz para verificar que la traducción de un testamento se haya verificado de forma correcta o que, en el auxilio de sordomudos, se haya plasmado la voluntad del autor de la sucesión mediante lenguaje de señas u otros medios.

De acuerdo con la propuesta, el testador manifestaría al notario público cuál es su voluntad de a quién o a quiénes quiere que pasen sus bienes cuando muera y el fedatario, después de escucharlo y aconsejarlo, redactaría el testamento en una escritura, le daría lectura en voz alta ante el testador y enseguida sería firmado, dejando constancia en el video de esos actos.

Una vez que las nuevas disposiciones que regulan esta figura entren en vigor, en el video testamento participarán el interesado, el notario público, los testigos e intérpretes, así como otros auxiliares. Los notarios deberán guardar por medios tecnológicos más eficaces estos videos.

Finalmente, al igual que en el caso del testamento escrito, el notario deberá dar el aviso correspondiente al Archivo General de Notarías, quien hará lo propio ante el Registro Nacional de Avisos de Testamento.

miabogadoenlinea.net

Se permite la reproducción total o parcial con crédito a miabogadoenlinea.net

Pin It