Alienación parental
Alienación parental

El pasado mes de mayo se incluyó en el Código Civil para el Distrito Federal el concepto de alienación parental sancionando la misma con la pérdida de la guarda y custodia o la suspensión de la patria potestad, sin embargo, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal considera esta disposición inconstitucional.

El artículo 323 Septimus define la alienación parental como la transformación “de la conciencia de una persona menor, con el objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con uno de sus progenitores” cuando es cometida por el padre o la madre.

La Comisión de Derechos Humanos argumenta que la “alienación parental” es un concepto “sustentado en visiones estereotipadas y por tanto discriminatorias en perjuicio de las mujeres”.

Asimismo, señala que de “manera encubierta, la norma combatida parte de la idea que las mujeres madres, en virtud del tiempo que conviven con las y los menores de edad, tengan mayores posibilidades de inducir o manipular la conciencia de sus hijas e hijos”.

También se argumenta que se perjudica el interés al verlo sólo como “objetos de manipulación y alienación que permite dejar de lado los testimonios que rindan en el marco de los procesos judiciales en los que se vean involucrados”.

Los argumentos de la Comisión se centran únicamente en un discurso sectario que parte de la conceptualización del llamado “síndrome de alienación parental” ignorando que en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha desarrollado el concepto jurídico de alienación parental, que se aleja de los conceptos psiquiátricos o psicológicos.

El Tribunal ha considerado que “hacer a un niño ajeno a su padre o a su madre” vulnera el derecho humano al respeto de la vida familiar del progenitor alienado previsto en el artículo 8 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.

Además, en nuestra país la propia Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha reconocido la existencia del fenómeno de la alienación parental e inclusive  publicó en diciembre de 2011 un libro titulado Alienación Parental en donde se describe como se ejerce violencia sobre los menores, “por parte de alguno de sus progenitores, normalmente el progenitor custodio, quien les induce a rechazar al otro progenitor y a toda su familia provocando un grave trastorno en el desarrollo de esos menores y en las vidas de los adultos rechazados injustificadamente por estos menores así maltratados”.

En esos casos, a consecuencia de un divorcio, los hijos se convierten en una herramienta para dañar a la expareja, implicando para el niño un problema de diversa índole convivir con el progenitor que no tiene la custodia.

La última palabra sobre el tema la tiene la Suprema Corte, pero es innegable que el fenómeno de la alienación parental existe.

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