El gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave envió al Poder Legislativo de la entidad una iniciativa de reforma que tipifica el delito de engaño telefónico en los Códigos Penal y de Procedimientos Penales del estado.
En la exposición de motivos, se indica que la delincuencia organizada está obteniendo beneficios económicos a través de llamadas telefónicas o mensajes electrónicos amenazando a sus víctimas con provocarles un daño en su persona, bienes, familiares o terceros si no cumplen con las exigencias económicas que se les formulan.
El proyecto de reformas propone que este delito se castigue de oficio y sea considerado como grave.
La iniciativa adiciona el artículo 173 Bis al Código Penal del Estado, en el cual se establece que a quien con el propósito de obtener un lucro para sí o para otro, a través de una llamada telefónica o por cualquier medio electrónico, pretenda engañar a una persona haciéndole creer que le va a causar o le está causando un daño a un tercero, se le aplicarán de tres a 10 años de prisión y multa de 500 a mil días de salario mínimo.
Igual penalidad se aplicará si quien realiza la llamada o envía el mensaje electrónico pretende hacer creer al receptor que le causará un daño o que se ha privado de la libertad a una persona.
Por lo que se refiere al Código de Procedimientos Penales se adiciona el inciso F a la fracción IV del artículo 300, facultando al Poder Judicial del estado para en estos casos ordenar la prisión preventiva de oficio.
Este delito se incluye en el Título III, sobre Delitos contra la Libertad, en el Capítulo VI, que se refiere a los delitos de coacción y amenazas.
En los artículos 172 y 173 se prevé que “quien mediante violencia física o moral obligue a otro a dar, hacer o dejar de hacer algo, se le impondrán prisión de seis meses a dos años y multa hasta de cuarenta días de salario”; y las mismas sanciones se aplicarán a quien amenace a otro con causarle un mal futuro en su persona o derechos, o en la de otra con la que tenga algún vínculo.
Como puede observarse, en realidad se trata del mismo delito en el que la pena se agrava por el uso del teléfono o correo electrónico, por lo que sería más conveniente prever como un supuesto agravante el uso de estos medios de comunicación a crear un nuevo delito.
miabogadoenlinea.net
Se permite la reproducción total o parcial con crédito a miabogadoenlinea.net