El pasado 30 de abril la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya competencia contenciosa fue reconocida por México el 16 de diciembre de 1998, ordenó nuevamente al estado mexicano a implementar todas las medidas cautelares convenientes a fin de proteger la vida y la integridad corporal de diferentes indígenas en el estado de Guerrero.
El grupo de las personas protegidas por la resolución lo conforman una mujer defensora de los derechos humanos y su familia; una mujer que reportó haber sido violada por miembros del ejército y cuya causa penal se está siguiendo; 41 miembros de la Organización del Pueblo Indígena Tlapaneco; 29 miembros de la Organización de la Montaña Tlachinollan; y los familiares de Raúl Lucas Castro y Manuel Ponce Rosas quienes fueron asesinados.
Todas estas personas que conforman comunidades enteras han declarado haber sido víctimas de amenazas y agresiones por miembros del ejército y que a partir de que se han establecido en sus comunidades su forma de vida ha tenido que cambiar sustancialmente debido a la manera en que se han conducido no solo los miembros del ejército sino también los policías y autoridades municipales.
Estas medidas precautorias se dictan para tutelar el bienestar jurídico de los indígenas que se han quejado y se hace a petición de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos. En la implementación de estas medidas la Corte exige al estado mexicano que le informe cada dos meses de las medidas que han aplicado y la manera en que lo han hecho en común acuerdo con los agraviados.
Esta solicitud hecha por indígenas del estado de Guerrero se vincula con el reporte que este mismo mes presentó Human Rights Watch (HRW) respecto de la actuación del ejército en el combate a la inseguridad en México.
Esta resolución compromete directamente al estado con la seguridad de estas personas ya que frente a cualquier otra agresión que sufra alguna de ellas, el estado mexicano tendrá que responder ante esta instancia internacional.
Fuente Corte Interamericana de Derechos Humanos
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