Suprema Corte
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El día de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación inició la discusión para determinar si constitucionalmente los estados tienen facultades para legislar sobre la controvertida figura del arraigo.

En el caso, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad en contra de la refroma al artículo 291 de la Legislación Penal de Aguascalientes, al estimar que es violatorio del artículo 16, párrafo octavo, de la Constitución Federal, pues posibilita a la autoridad local la imposición del arraigo en la comisión de delitos del fuero común que no están relacionados con delincuencia organizada.

La disposición ya no se encuentra en vigor por lo que en la primera parte de la sesión algunos ministros nanifestaron que el asunto se debe sobreseer al haber desaparecido la materia de la controversia, pero la mayoría decidió que debe ser analizado ya que la inconstitucionalidad afectará los procesos en que haya existido arraigo.

Pero en en el fondo de la discusión está el definir los alcances del artículo décimo transitorio de la reforma constitucional de 2008 que establece el nuevo sistema de justicia penal acusatorio.

Ese artículo transitorio establece que en tanto entra en vigor el nuevo sistema, lo que sucederá el 19 de junio de 2016, “los agentes del Ministerio Público que determine la ley podrán solicitar al juez el arraigo domiciliario del indiciado tratándose de delitos graves y hasta por un máximo de cuarenta días”.

Con base en esta disposición es que los estados han legislado sobre el arraigo en delitos distintos a los relacionados con delincuencia organizada.

Pero en el proyecto se establece que los estados no tienen competencia en materia de arraigo, ya que la reforma constitucional vinculó esta figura exclusivamente a la delincuencia organizada y sólo el Congreso de la Unión tiene la facultad para legislar sobre ese tema, siendo accesoria de ésta la facultad de legislar sobre el arraigo.

Como consecuencia de lo anterior, las Legislaturas de los Estados perdieron la competencia para legislar sobre todo tipo de arraigo y sólo podrían conservar la figura que existiera antes de la refroma con los límites y restricciones que el décimo transitorio señala.

A favor de este criterio se han manifestado cuatro ministros, pero el asunto aun seguirá siendo discutido la próxima semana.

miabogadoenlinea.net

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