A inicios de este mes México retiró la objeción que mantenía desde el año 2000 contra el artículo 4 del Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados que establece la obligación de las autoridades nacionales de impedir el reclutamiento y utilización de niños en grupos “distintos a las fuerzas armadas” como son los grupos paramilitares, los grupos de delincuencia organizada y las compañías de seguridad.

 

Esto obligará a nuestro país a crear un mecanismo de identificación de los niños que puedan haber sido reclutados o utilizados por el crimen organizado y a tomar las medidas necesarias para su recuperación física, psicológica y su reintegración social

 

Cuando México suscribió el Protocolo en el año 2000 estableció una declaración interpretativa señalando que “la responsabilidad que pueda derivar para los grupos armados no gubernamentales, por el reclutamiento de menores de 18 años de edad o su utilización en hostilidades, corresponde exclusivamente a dichos grupos y no será aplicable al Estado Mexicano como tal”.

 

El retiro de la declaración interpretativa se consideró procedente al considerar que la misma está superada por las reformas que en el país se han realizado sobre la protección de los derechos de los niños y las reformas en materia de derechos humanos.

 

La Red por los Derechos de la Infancia AC, calcula que “entre 20 y 30 mil niños, niñas y adolescentes sufren de ‘narcoexplotación’  es decir, menores que no sólo están siendo explotados, sino que son objeto directo de beneficio para grupos criminales”.

 

 

Más información en animalpolitico.com

 

www.miabogadoenlinea.net

 

Pin It