La semana pasada se destacaron dos incidentes en relación con nuestro escudo y bandera nacionales. El primero ocurrió en Costa Rica en donde al clausurarse la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), se insertó en el panel una bandera con el escudo nacional que se utilizó de 1867 a 1887.
El otro incidente fue publicado por el diario Excelsior, que informa que una cerveza producida por la empresa Cigar City Brewing en de Florida, Estados Unidos, comercializó durante tres años una cerveza marca “Maduro” que como rasgo distintivo presenta el escudo nacional mexicano en su etiqueta.
En el caso del incidente de Costa Rica no se generaron mayores consecuencias ya que esa nación no regula el uso de los símbolos patrios extranjeros. En nuestro país el uso del escudo nacional encuentra regulado en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, pero este ordenamiento es omiso respecto al uso de los mismos en el extranjero o la responsabilidad de los funcionarios nacionales de protegerlos en el territorio de otro país.
En este supuetso quién rompió el protocolo internacional fue Costa Rica, pero el incidente no tuvo mayor trascendencia para esa nación. Por cierto entre 1822 y 1824 el escudo nacional de Costa Rica fue el del Primer Imperio Mexicano.
Muy distinto es el caso del uso del Escudo Nacional en la cerveza “Maduro”. El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial en su artículo 6 ter, inciso 1, letra a) establece que “los países de la Unión acuerdan rehusar o anular el registro y prohibir, con medidas apropiadas, la utilización, sin permiso de las autoridades competentes, bien sea como marcas de fábrica o de comercio, bien como elementos de las referidas marcas, de los escudos de armas, banderas y otros emblemas de Estado de los países de la Unión”.
Estados Unidos y México son firmantes de este convenio, por lo que de haber sido registrada esta marca, el registro de la misma debió haberse negado, aunque en términos del propio Convenio, puede concederse el registro cuando “la utilización o el registro… no sea de naturaleza tal que haga sugerir, en el espíritu del público, un vínculo entre la organización de que se trate y los escudos de armas, banderas, emblemas, siglas o denominaciones, o si esta utilización o registro no es verosímilmente de naturaleza tal que haga inducir a error al público sobre la existencia de un vínculo entre quien lo utiliza y la organización”.
Aunque las autoridades mexicanas pudieron haber invocado la Convención de París, optaron por tener un acercamiento a través del Consulado de México en Orlando, Florida, indicando a Joe Redner, propietario de la compañía cervecera, que el “diseño en su producto puede llevar a una confusión en relación a su naturaleza, así como a dar la falsa impresión de que tiene el respaldo del gobierno mexicano”.
En respuesta Redner rediseñó la imagen de la cerveza y esta ya no presenta el escudo de nuestro país. Redner se disculpó, destacando que había hecho uso del escudo nacional como un homenaje al ser nuestro país “un destacado productor de la hoja que envuelve (los puros) Maduro, de donde nuestra cerveza tomó su nombre”, dijo Redner.
En relación con nuestros símbolos patrios se han presentado diversos incidentes, como la alteración del orden de los colores en la banda presidencial, que ocupó el expresidentes Vicente Fox durante su mandato y así la uso también durante tres años el ex presidente Felipe Calderón. En ambos casos el color visible por ser cercano al cuello era el color el verde, cuando debía ser el rojo.
Esto cambió en 2010, cuando se reformó la ley para obligar a que en la banda presidencial los colores aparecieran en el mismo orden que en la bandera.
Otro dato curioso. Algunos se cuestionan porque el Presidente de la República saluda militarmente a la bandera. Así lo prevé la ley en su artículo 14 al establecer que el Presidente de la República debe hacerlo de ese modo, como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas.
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