En la Cámara de Diputados se presentará una iniciativa para adicionar a la Ley General de Salud un artículo 36 Bis en el que se establezca que los gastos derivados de los servicios de urgencias en accidentes que sean atendidos por las instituciones de salud públicas sean reintegrados  en su totalidad por la aseguradora contratada por el responsable.

 

Estos gastos pueden incluir desde el traslado, la atención médica, procedimientos quirúrgicos, hospitalización, terapia intensiva, medicamentos, prótesis u otros insumos, o servicios análogos.

 

La iniciativa también propone que en caso de que el responsable del accidente no cuente con una cobertura por una aseguradora en el momento del siniestro, pero Éste haya ocurrido en un establecimiento, autopista, centro recreativo, o cualquier otro similar, el pago sea cubierto por la aseguradora contratada por dicho establecimiento o servicio público.

 

Los diputados promotores de esta iniciativa, Leobardo Alcalá Padilla, María de las Nieves García Fernández y Kamel Athié Flores, señalan que los seguros de daños a terceros son desperdiciados cuando instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social se hace cargo de la atención de personas accidentadas ya que estas absorben el costo, pero cuando se trata de un hospital privado, la cobertura de los seguros sí se hace efectiva.

 

En la exposición de motivos se señala que de acuerdo con un reporte del IMSS de 2011, el costo de proporcionar la atención médica de urgencias a un paciente que sufrió un accidente vehicular que incluye la realización de una cirugía y un día de terapia intensiva por lo menos, para posteriormente pasar a su recuperación en el hospital, asciende a más de 55 mil 700 pesos, por lo que las finanzas de las instituciones de salud también se verían beneficiadas.

 

 

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