A consecuencia de las más de dos mil quejas que recibió la Procuraduría Federal del Consumidor en contra de Nextel, ese organismo promovió una acción colectiva en contra de esa empresa de telecomunicaciones por la mala calidad en el servicio que proporcionó durante 2010.

 

Como resultado, el Primer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Distrito Federal concedió la razón a PROFECO y condenó  a NEXTEL a “resarcir en la vía incidental a los interesados que acrediten su calidad de perjudicados, los daños y perjuicios ocasionados” y a “cubrir una indemnización a cada consumidor, correspondiente al 20 por ciento sobre el monto de daños y perjuicios que lleguen a comprobar”.

 

La resolución establece que "Nextel realizó conductas con las que ocasionó daños y perjuicios a diversos consumidores, pues no brindó los servicios de telecomunicación en la temporalidad y condiciones convenidas y en su caso omitió devolver, descontar o compensar a sus usuarios en el momento correspondiente a las fallas constantes que estos soportan".

 

Al haberse obligado la empresa demandada, continúa la sentencia, a cumplir de manera plena, total, continua y permanente la prestación del servicio concesionado que proporciona a los usuarios e incumplir “ese acuerdo de voluntades, no frente a uno, sino a cientos de usuarios, es que el tribunal determina que efectivamente existe una conducta omisiva, ilícita no delictiva que provocó el incumplimiento de sus obligaciones contractuales".

 

En primera instancia un juez de distrito había absuelto a Nextel porque consideró que no se demostró su incumplimiento al Plan Técnico Fundamental de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), sin embargo esa sentencia fue revocada porque que ese no era el punto reclamado por la PROFECO.

 

Nextel puede impugnar todavía mediante un amparo directo ante un tribunal colegiado de circuito, e inclusive llevara el asunto ante la Suprema Corte de Justicia, por lo que aun no todo esta dicho.

 

PROFECO ya ha obtenido resultados favorables para los consumidores a través de acciones colectivas como en el caso de Aviacsa, en donde benefició a 1,308 usuarios que se vieron afectados por la suspensión de servicios de la aerolínea el 2 de junio de 2009.

 

También está gestionando otras acciones colectivas como la promovida en contra de Reebok por sus zapatos Easy Tone que no cumplen con la promesa de aumentar la tonicidad de piernas y glúteos.

 

 

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