El juzgado undécimo en materia civil determinó que el contrato celebrado entre el actor, productor y director Ernesto Ramírez Alonso, más conocido como Ernesto Alonso y Televisa en 2004, violenta la Ley Federal del Derecho de Autor.

 

El contrato otorgaba a Televisa los derechos patrimoniales sobre 172 obras de Ernesto Alonso entre telenovelas y películas por un período de 100 años, mientras que el artículo 33 de la citada ley establece que sólo podrá pactarse excepcionalmente por más de 15 años la transmisión de derechos patrimoniales cuando la naturaleza de la obra o la magnitud de la inversión requerida así lo justifique, por lo que la autoridad judicial declaró la nulidad absoluta del contrato por ilicitud en el objeto del mismo.

 

Con la sentencia en este juicio promovido por la heredera del productor, Teresa Anaya López, recuperaría los derechos y titularidad sobre las 172 obras objeto del contrato y la empresa televisiva estaría obligada a reparar el daño material y moral e indemnizar los daños y perjuicios que se hayan causado en razón al 40% del precio de las regalías.

 

En virtud del derecho patrimonial, el autor de una obra tiene el derecho de explotar de manera exclusiva sus obras o de autorizar a otros su explotación, en cualquier forma, dentro de los límites que establece la presente Ley y sin menoscabo de la titularidad de los derechos morales a que tiene derecho.

 

Los únicos casos en los que no existe límite de tiempo para la cesión de derechos patrimoniales de una obra, es la obra literaria y los programas de cómputo.

 

Por lo pronto Televisa ya presentó un recurso de apelación en un Tribunal Unitario de Circuito por lo que el asunto aún no concluye.

 

Este no es el único pleito que tiene la televisora por derechos de autor. También se ha enfrentado a la Sociedad Mexicana de Directores y Realizadores de Obras Audiovisuales por el pago de regalías y el respeto a las obras cinematográficas de los autores.

 

 

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