La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió la acción de inconstitucuionalidad que interpuso la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal en contra del acuerdo A/003/2012 por el que se emite el Protocolo para la Presentación ante los Medios de Comunicación de Personas Puestas a Disposición del Ministerio Público por parte de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
La CDHDF considera que se violan los derechos de presunción de inocencia y del debido proceso cuando se exhibe ante los medios de comunicación a las personas detenidas o que son puestas a disposición del ministerio público.
El 5 de abril la CDHDF emitió una recomendación a la PGJDF sobre el tema recomendando se elimine de manera inmediata la práctica generalizada de exhibir públicamente en los medios de comunicación a personas privadas de la libertad y se proteja la información concerniente a la vida privada e íntima de las personas y la información contenida en los expedientes.
La PGJDF no aceptó la recomendación y e 16 de abril emitió el acuerdo A/003/2012 que establece las reglas para presentar ante los medios a los presuntos responsables. El documento establece que las personas serán presentadas a los medios cuando hayan sido detenidas en flagrancia o caso urgente y se trate de delitos graves y “que se presuma que el probable responsable pudiera estar involucrado con otras conductas delictivas en razón del modus operandi, la estadística criminal de la coordinación territorial, y que su presentación pudiera derivar en que sea identificado por otras víctimas del delito”.
Asimismo aplicará cuando se trate de delitos considerados como de alto impacto social, es decir que “sea trascendente informar a la ciudadanía de la detención del probable responsable”.
Además, establece que en todo boletín de prensa o presentación, deberá hacerse referencia a la leyenda siguiente “La presente información se emite en términos del artículo 11 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Los presentados tienen el carácter de probables responsables, que no implica responsabilidad penal hasta que, en su caso, lo determine la autoridad jurisdiccional”, y no podrán presentarse ante los medios de comunicación a personas menores de dieciocho años de edad, a los que se les impute la comisión de una conducta tipificada como delito en las leyes penales, ni divulgar sus datos personales.
La Procuraduría tiene 15 días para presentar su informe ante la Corte.
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