Por segunda vez en esta semana, el tratamiento de los presuntos responsables vuelve a ser tema. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha decidido atraer el amparo de una persona que demandó por daño moral por la publicación de su nombre en notas periodísticas que lo señalaron como probable responsable del delito de homicidio.

 

El demandante argumentó que se dañó su derecho al honor, pues se le señaló como posible responsable de un delito, a pesar de que el Ministerio Público del estado de Querétaro determinó el no ejercicio de la acción penal en su contra.

 

La Primera Sala analizará si el hecho de emitir y publicar información sobre una persona acusada de cometer un delito, vulnera el derecho al honor, cuando no existen los medios probatorios para acreditarle el ilícito.

 

Los ministros consideraron que el caso reúne los requisitos de relevancia y trascendencia porque permitirá definir la vigencia de los derechos fundamentales entre particulares y estudiará la confrontación entre dos derechos fundamentales como son la libertad de expresión y el derecho al honor frente a un hecho delictivo.

 

Los ministros analizarán el control de la convencionalidad, es decir, el respeto a los derechos y libertades reconocidos en los tratados y la retroactividad de las recientes reformas constitucionales en materia de amparo y derechos humanos, que privilegian la defensa de las garantías individuales.

 

 

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