Las recientes reformas en materia de derechos humanos y el caso Radilla siguen haciendo eco en el pleno de la SupremaCorte de Justicia.

 

En su última sesión la Suprema Corte de Justicia decidió dejar sin efectos las jurisprudencias P./J. 73/99 y 74/99 con los rubros: "CONTROL JUDICIAL DE LA CONSTITUCIÓN. ES ATRIBUCIÓN EXCLUSIVA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN" y "CONTROL DIFUSO DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE NORMAS GENERALES. NO LO AUTORIZA EL ARTÍCULO 133 DE LA CONSTITUCIÓN", por haber sido superadas por las recientes reformas constitucionales en materia de derechos humanos, y en la sesión del día de hoy determinarán los alcances de esa decisión.

 

Esta medida permitiría que todos los organismos jurisdiccionales del país, sean federales o estatales, pueden dejar de aplicar una norma, que al momento de resolver el juicio, estimen inconstitucional, por ser contraria a los derechos humanos garantizados por la Constitución y los tratados internacionales de los que México sea parte.

 

El sistema judicial y administrativo en México lentamente esta adoptando el principio pro homine, en el que el intérprete debe siempre elegir la norma que ampare de modo más amplio los derechos humanos, con las consecuencias que ello implica.

 

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