Teniendo como marco la inauguración de la XX Reunión Nacional y el IV Congreso Internacional de Magistrados, el Presidente Felipe Calderón hizo un llamado tanto al Poder Legislativo como al Poder Judicial para erradicar la impunidad. “El hecho de que quien infringe la ley o comete un delito no recibe, por cualquier razón, el castigo o la sanción que se merece”.

 “Cerrar la brecha que existe entre la verdad real y la verdad legal, la verdad formal, una brecha que, a mi juicio, cada día se ensancha más, y que a final de cuentas el ciudadano, que vive la verdad real, la impunidad que siente, es, precisamente, respecto de esa verdad.”

La verdad legal es la cosa juzgada, y contra ella no se admite recurso ni prueba de ninguna clase.

Es decir, una vez que se declara la culpabilidad o inocencia de una persona, sin admitir ya medio de impugnación alguno, se convierte en verdad legal, en cosa juzgada, independientemente de la opinión pública considere culpable o inocente a esa persona.

La verdad real es aquella verdad histórica, lo que sucedió en la realidad de los hechos, pero la verdad legal es aquella que se puede demostrar mediante las pruebas.

Al momento de dictar sentencia, la autoridad judicial está obligada a hacerlo con base a los argumentos y pruebas de la parte acusadora y defensora, aproximando lo más posible la verdad real a la verdad legal.

Dada su trascendencia, debe asegurarse la precisión de la prueba, es decir su ajuste a lo acontecido, el que sólo sea tomada en consideración la que se obtenga por medios lícitos y que sea respetuosa de los derechos de las personas a quienes se refiere o que la producen.

Y mientras existan deficiencias en el Poder Ejecutivo y en el Judicial al presentar y revisar los asuntos penales, seguirá prevaleciendo la impunidad y esa brecha entre la verdad histórica y la verdad legal.

Como ejemplo de ineficiencia del Poder Judicial podemos citar el caso de Aldo, un muchacho que por tener el nombre parecido al de un secuestrador, pasó ocho meses en la cárcel antes de ser liberado.

Pero un caso más reciente sobre la diferencia entre la verdad legal y la verdad real es el caso de Jorge Hank Rhon a quien el Cuarto Tribunal Unitario de Circuito con sede en Tijuana confirmó su libertad por falta de elementos para procesarlo por acopio y posesión de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

En el caso, la PGR no pudo demostrar la flagrancia y al detectarse las armas y municiones sin orden de cateo, la evidencia se obtuvo de manera ilícita, por lo que no puede ser utilizada en contra del acusado.

La brecha entre la verdad real y la verdad legal debe ser la mínima posible, pero no debemos perder de vista que “Más vale mil culpables libres que un inocente preso, que un acusado salga libre por una buena defensa a que lo haga por una mala acusación” y que “ el crimen perfecto es aquel que no se investiga”.

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