Trascendió primero en la red y después en los medios electrónicos e impresos, el incidente que un par de mujeres tuvo con unos policías en la colonia Polanco del Distrito Federal en el que estas mujeres, fuera de si, insultan, humillan e intentan agredir a uno de los agentes de la policía , para finalmente retirarse de la escena impunemente.
De lo cinco policías que estaban presentes, ninguno hizo el intento de detenerlas.
Después, en las justificaciones emitidas por el Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal, Manuel Mondragón y Kalb, señaló que los agentes del orden actuaron con prudencia y que se evitó un incidente mayor,
Según declaraciones, en los manuales de procedimientos esta previsto que en los casos en que mujeres cometen una falta, se debe solicitar el apoyo de personal femenil para someter a las infractoras.
En caso de que éstas no lleguen, los policías tienen la facultad de “emplear el uso legítimo de la fuerza respetando las garantías individuales de la infractora, por lo que podrá; introducirla a una patrulla o colocarle candado de manos (esposas)”.
Los agentes solicitaron la presencia de la Policía Femenil, pero al no atender el llamado dicho agrupamiento, dejaron libres a las mujeres.
Este hecho ha sido cuestionado y reprobado por la ciudadanía tanto en Internet como en los medios impresos, pero se debe considerar que el uso de la fuerza por parte de un policía, tienen un marco legal que en ocasiones se percibe como restrictivo.
Desde el 23 de abril de 2008 esta vigente en el Distrito Federal la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, así como su Reglamento, que entro en vigor el 26 de noviembre de 2010.
En estos ordenamientos se define como “Uso legítimo de la fuerza: la aplicación de técnicas, tácticas y métodos de sometimiento sobre las personas de conformidad con las disposiciones de esta Ley.”
.La ley señala que sólo el personal que ha aprobado la capacitación correspondiente podrá usar las armas que le hayan sido asignadas, entre las que se encuentran el Bastón PR-24, tolete o su equivalente, dispositivos que generan descargas eléctricas y esposas o candados de mano.
Para hacer uso de la fuerza, el policía debe observar ciertos principios de legalidad, racionalidad, congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la aplicación de la fuerza.
Según la Ley, el uso de la fuerza pasa por la persuasión o disuasión verbal; las reducción física de movimientos, a través de técnicas de control cuerpo a cuerpo y la utilización de armas incapacitantes no letales, a fin de someter la resistencia violenta de una persona, como el tolete o las esposas.
Un incidente como este pone en evidencia que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, así como la gran mayoría de las policías locales, no están capacitando a sus agentes para enfrentar situaciones de este tipo, y como la Ley se convierte en letra muerta por su inaplicación.
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