La Cámara de Diputados aprobó un paquete de reformas a la Ley del Seguro Social y a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para garantizar el derecho a la salud de las parejas de personas del mismo sexo.
Con las reformas se pretende reconocer los derechos de las personas que viven bajo diversas figuras jurídicas ya previstas en los Estados, como son el pacto civil de solidaridad o la sociedad en convivencia, así como los recientemente reconocidos matrimonios homosexuales que se celebran el Distrito Federal.
Así, la iniciativa amplia la definición de beneficiario, para incluir en este concepto a la o el cónyuge del asegurado o asegurada o del pensionado o pensionada y a falta de éstos, a quienes hayan suscrito una unión civil o matrimonio con el asegurado o asegurada o el pensionado o pensionada, cualquiera que fuere su sexo, a la concubina o el concubinario.
Esta reforma define a las uniones civiles, como aquellos "actos jurídicos bilaterales en los que personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común con voluntad de permanencia y ayuda mutua, por el que se deriven obligaciones alimentarias, de sucesión o semejantes y que esté reconocido en la legislación de los estados."
Y, al parecer como dedicatoria la D.F., se agrega un párrafo al artículo 5-A de esta Ley que señala: “Respecto a los matrimonios celebrados entre personas del mismo sexo, esta ley reconoce tales uniones con los mismos derechos y obligaciones que los celebrados entre hombre y mujer”
Las modificaciones se refieren a los ramos de enfermedades y maternidad, con lo que se podrá admitir como beneficiario a las pareja del mismo sexo o a las personas que vivan en pacto civil de solidaridad o sociedad en convivencia . Asimismo, se modifica el seguro de invalidez y vida, en el ramo de vida, para otorgar derechos de pensión a las personas antes citadas, extendiendo la protección de la seguridad social, sin hacer distinción sobre la forma en que nace la relación, eliminando cualquier tipo de discriminación.
Aunque la reforma pretende erradicar cualquier forma de discriminación, incluyendo casi todas las observaciones que el IMSS ya había realizado sobre este tema, en el ramo de guarderías del seguro de guarderías y prestaciones sociales, no se realiza ninguna modificación, por lo que las personas que vivan en uniones civiles o matrimonio formados por personas del sexo masculino, verán limitado su acceso a este ramo del seguro.
Por otra parte, puede existir controversia sobre el contenido de la iniciativa en relación con el concubinato, ya que en esta materia modifica el término de convivencia previsto en el Código Civil Federal, ya que la reforma para reconocer el concubinato prevé una convivencia de dos años, mientras que la legislación civil prevé cinco años.
Ahora corresponderá al Senado revisar esta iniciativa, para que se convierta en ley vigente.
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