El sacerdote Laurencio Pérez Mejia fue detenido en marzo de este año acusado del delito de corrupción de menores, al besar y tocar a una niña de trece años, con la que presuntamente vivió tres años.
Al dictar la sentencia en este caso, el juez decidió aplicar una pena de 4 años y tres meses de prisión, concediendo la semi libertad condicionada en términos del artículo 48 del Código Penal para el Estado de Guanajuato, al ser una sentencia menor a los cinco años, así Laurencio Pérez Mejía permanecerá en libertad de lunes a viernes, mientras que el sábado y domingo entrará al Centro de Readaptación Social (Cereso) de San Miguel de Allende
El Código Penal de Guanajuato establece para el delito cometido por el presbítero una pena de tres a ocho años de prisión, por lo que la Procuraduría de Justicia del Estado interpuso el recurso de apelación en contra de la sentencia ante el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, al considerar que se trata de una resolución judicial “demasiado benévola e incorrecta” para el sacerdote pederasta.
La apelación de la Procuraduría de Justicia fue turnada a la Primera Sala Penal del Supremo Tribunal, a cargo del magistrado José Miguel Cortés Lara.
En una reciente reforma al Código Penal Federal aprobada por el Congreso de la Unión y pendiente de publicarse en el Diario Oficial de la Federación, se incluyó el delito de pederastia con una pena que va de 9 a 18 años de prisión, por lo que algunos insisten en tener un sólo Código Penal para todo el país.
Fuente: El Diario de Juárez
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