El 4 de mayo comentábamos los dilemas de la nueva justicia penal en Chihuahua, estado en el que un Tribunal de Juicio Oral absolvió por falta de pruebas al presunto homicida Sergio Rafael Barraza Bocanegra, a pesar de que este había declarado a distintas personas haber matado  a Rubí Marisol Frayre.

Una vez revisada esta sentencia el Tribunal de Casación, la anuló y declaró a Barraza Bocanegra culpable del asesinato de Rubí, ordenando que un nuevo Tribunal de Juicio Oral “…realice la audiencia de individualización de la pena, pues debido al fallo absolutorio anulado no se llevó a cabo”.

El Tribunal de Casación determinó que los jueces valoraron de forma aislada e inadecuada las pruebas presentadas por el Ministerio Público y violaron los principios de “la sana lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicos”.

Adicionalmente, los magistrados señalaron que las palabras de Barraza Bocanegra en la diligencia en que fue puesto en libertad, también tenían valor ya que se auto incriminaba en el homicidio de la joven y la destrucción de su cadáver, al pedir perdón a la madre.

Sin embargo, no mencionaron el artículo 332 del Código de Procedimientos Penales del Estado que establece que “la prueba que hubiere de servir de base a la sentencia deberá rendirse durante la audiencia de debate de Juicio Oral, salvo las excepciones expresamente previstas en la ley”.

Barraza Bocanegra se encuentra ya detenido por otro delito y seguramente recibirá una pena entre 30 y 60 años de cárcel.

Queda la duda si la resolución del tribunal obedeció a una razón legal o de presión política y social.

Fuente: El Diario de Juárez

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