Sistema de captación de agua pluvial

Iniciativa en el Senado para que en edificios públicos federales se instalen sistemas de captación de agua pluvial

En una iniciativa discutida este miércoles en el Senado de República, se analizó la necesidad de implementar sistemas de captación de agua pluvial en los edificios públicos y de fomentar su instalación a nivel privado.

La captación de agua pluvial es un tema que nos interesa. En el dictamen presentado ante senadores y senadoras, se expone que “de acuerdo con el Consejo Consultivo del Agua, 8 de las 13 regiones hidrológicas de México sufren de algún grado de estrés hídrico, así como 77% de la población vive en regiones donde no hay agua y 3.2 millones de personas carecen de servicio de drenaje”.

El acceso al agua, considerando el crecimiento poblacional y el aumento en la cantidad de acuíferos sobreexplotados, va a disminuir en el futuro cercano. Según el documento, “se espera que la disponibilidad media de agua por habitante en 2030 será de 3,430 metros cúbicos por año, a comparación de 4,028 metros cúbicos por año en 2012.”

La tecnología de recolección de agua pluvial, definida en la Ley Federal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente como la que proviene de lluvia, granizo y nieve, no es nueva y, según la iniciativa, tampoco es excesivamente costosa o difícil de mantener. Se trata de una medida que se implementa obligatoriamente en varias ciudades del mundo y que lleva analizándose en México por las diferentes autoridades como la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), desde hace varios años.

El sistema de captación y aprovechamiento de agua de lluvia que ha sido analizado en México se conoce como SCALL. Es un conjunto de equipos que permiten recolectar y almacenar agua de lluvia. Se trata de una tecnología adaptable por lo que puede instalarse en residencias, edificios, infraestructura comunitaria, y es eficiente en zonas urbanas y rurales. En este año se actualizaron por tercera vez los Lineamientos Técnicos para los SCALL a nivel vivienda.

Las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, y de Estudios Legislativos, Segunda del Senado, que presentan el proyecto, explican sobre este sistema que “frecuentemente el área de captación de agua pluvial se encuentra en los techos o cubiertas de las viviendas y edificios. El área de recolección debe estar impermeabilizada y para minimizar la contaminación debe ser de materiales adecuados.

“La cosecha de agua se lleva a cabo por medio de canaletas que propicien el flujo del agua captada hacia un conjunto de tuberías (o una sola) que se denomina línea de conducción. Dicha línea de conducción debe contar con un filtro de hojas y una trampa de sólidos para evitar la contaminación de la cisterna o tanque de almacenamiento. Posteriormente, el agua almacenada se distribuye en diversas aplicaciones dentro del hogar o edificio a través de un circuito hidráulico independiente del sistema de agua potable.”

Se señala que los SCALL son soluciones adaptables a distintas infraestructuras debido a que no requieren de muchos recursos y materiales para su construcción, son fáciles de instalar y operar, y son más baratos que otros sistemas de suministro de agua.

Algunas ventajas de los SCALL incluyen:

• Ahorro de agua y energía.

• Disponibilidad de agua para uso doméstico.

• Fuentes energéticas innecesarias para el funcionamiento del sistema.

• Fuente de agua para uso industrial.

• Fuente de agua complementaria durante épocas de sequía.

• Ahorro en el gasto de consumo de agua.

• Fuente de agua para regiones sin suministro de agua.

• Requiere de poco conocimiento técnico.

• Empleo de mano de obra y materiales locales.

• Mantenimiento fácil.

• Reduce la erosión del suelo en la región.

• Reduce el riesgo de inundaciones de manera local.

Frente a estas ventajas, algunas de sus limitaciones son las siguientes:

• Dependen de la cantidad de precipitación en la zona.

• Costo inicial elevado en algunos casos, principalmente debido al costo de construcción del tanque de almacenamiento.

• En zonas de sequías prolongadas se requiere almacenar agua en grandes volúmenes.

• El agua pluvial no contiene minerales, es insípida y puede causar deficiencias nutricionales.

• En zonas con alta contaminación atmosférica se recomiendan distintos procesos de filtración y limpieza del agua antes de su uso para evitar daños a la salud.

Desde 2013, la Ley Federal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente disponen que “Las dependencias de la Administración Pública Federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder Judicial de la Federación, instalarán en los inmuebles a su cargo, un sistema de captación de agua pluvial, debiendo atender los requerimientos de la zona geográfica en que se encuentren y la posibilidad física, técnica y financiera que resulte conveniente para cada caso. Esta se utilizará en los baños, las labores de limpieza de pisos y ventanas, el riego de jardines y árboles de ornato.” (Artículo 17 Ter).

La iniciativa propone, entre otros, adicionar un artículo 17 Quáter para establecer que para reducir la huella ecológica en sus instalaciones, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder Judicial de la Federación, podrán realizar convenios de coordinación o concertación para promover la instalación en los inmuebles a su cargo de:

a. Sistema de captación de agua pluvial.

b. Huertos hidropónicos o urbanos que permitan el aprovechamiento de los productos en la alimentación de trabajadores.

c. Infraestructura para la eficiencia energética.

d. Estaciones de carga para vehículos eléctricos.

e. Estacionamientos para bicicletas.

f. Bebederos de agua.

Para lograr lo anterior, la SEMARNAT emitirá los lineamientos necesarios para la instalación, operación y mantenimiento de los sistemas de captación de agua pluvial que permita su captura, recolección y el aprovechamiento sostenible del recurso.

Son varios los estados que ya regulan la instalación de sistemas de captación de agua pluvial en edificios públicos y lo promueven en las viviendas.

El problema con la reforma propuesta es que no obliga, sino que propone que se instalen los sistemas, pese a que la falta de agua es ya un tema urgente en nuestro país. Incluso, las legislaciones locales deberían obligar a los constructores a instalar estos sistemas en las viviendas nuevas.

Pese a que desde hace años se analizan los sistemas SCALL, en México seguimos retrasados en su implementación, pese a que con ello se procuraría alcanzar más fácilmente varios objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada por nuestro país.

Más información senado.gob.mx

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Imagen tomada de youtube.com

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