Cámara de Diputados aprueba ampliar a doce meses el plazo mínimo de las garantías de bienes y servicios
Con el objetivo de que los productores ofrezcan a los consumidores productos de mayor calidad y durabilidad, propiciando una gestión de menores residuos y el derecho a reparar, la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor en materia de garantías.
Se trata de una reforma al artículo 77 de la citada Ley que aumenta el plazo de las garantías de bienes y servicios de 90 días a doce meses, con lo que se alcanzan varios beneficios, no solamente en materia de protección al consumidor, sino de medioambiente, por lo que se refiere a la reducción de residuos, especialmente de productos electrónicos y eléctricos, y a la disponibilidad de refacciones, que implica el derecho a reparar.
La iniciativa fue presentada en abril por el diputado Enrique Godinez del Río, del Partido Acción Nacional, proponiendo aumentar el plazo de las garantías a 24 meses, tomando como base las disposiciones existentes en otros países. Cita, así, la Directiva de la Unión Europea que establece que la garantía legal es de dos años; la legislación en España que contempla plazos de garantía de productos de 3 años, y las leyes en Suecia e Irlanda, que disponen plazos de 3 y 6 años, respectivamente.
Sin embargo, después de una reunión de trabajo convocada por la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados, con la presencia de representantes de los diversos sectores involucrados, académicos y representantes de la sociedad civil, el diputado Godinez modificó su propuesta reduciendo el plazo de 24 a 12 meses, plazo que fue el aprobado en la mesa de trabajo.
En esa mesa de trabajo, partiendo de la decisión tomada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 703/2019, de que el plazo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor es el mínimo indispensable y que no es mandatorio, porque las garantías pueden extenderse para cubrir plazos mayores, se decidió ampliar el plazo mínimo de las garantías de 90 días a doce meses, pero no a veinticuatro porque “se podrían producir efectos adversos en los mercados en el corto plazo, toda vez que el aumento en los costos, se trasmitiría directamente a las personas consumidoras, toda vez que el tipo de bienes y servicios tienen una demanda relativamente inelástica, esto es, un aumento en el precio de los productos, no tiene efectos importantes en la cantidad demandada.”
El dictamen de reforma continúa explicando que “el aumento en el plazo conlleva: ampliar la capacidad instalada de operación de talleres; invertir en infraestructura; mantener un stock disponible de refacciones o componentes para poder brindar un servicio de calidad a los clientes y, contar con el personal suficiente para dar seguimiento puntual a cada producto que ingresa al taller e informarle al consumidor del estatus de su producto.
“La ampliación del plazo de garantía por 24 meses podría afectar la oferta de los productos eléctricos-electrónicos a mejores precios, así como limitar la capacidad de las empresas de ofrecer productos con un desarrollo tecnológico competitivo a bajo precio.”
Asimismo, se estimó que al ampliarse el plazo de las garantías, los fabricantes de productos eléctricos, electrónicos y electrodomésticos se verían obligados a elaborar productos de calidad porque dentro de ese plazo los productos podrán repararse, reponerse o sustituirse, contribuyendo, además a reducir los residuos electrónicos que son tan contaminantes.
De aprobarse la reforma en la Cámara de Senadores, se otorgaría a las empresas productoras un plazo de 18 meses para realizar los ajustes necesarios para que las garantías mínimas de 12 meses, puedan ser efectivas.
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