Iniciativa en el Senado para que en la Constitución se disponga al IMSS como el encargado de prestar los servicios de salud pública
La semana pasada, el senador Germán Martínez, del Grupo Parlamentario Plural, presentó una iniciativa de reforma a constitucional, para que sea el Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS, el órgano único encargado de la prestación de los servicios de salud pública.
Para alcanzar este fin, la iniciativa plantea elevar a nivel constitucional al IMSS, adicionando el artículo 4º Constitucional por lo que se refiere al derecho a la protección de la salud, definiendo en la misma Constitución lo que actualmente el artículo ordena hacer a una ley secundaria, respecto del “sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.”
En la Exposición de Motivos, el senador Martínez señala: “Considerando que el Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación de acciones, y tiene por objeto dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud; corresponderá al IMSS -ya no a la Secretaría de Salud- constituirse como el órgano único encargado de la prestación de los servicios de salud pública, razón por la cual deberá coordinarse con la Secretaría de Salud para el correcto y eficiente cumplimiento y ejecución del Sistema en mención.”
De esta forma, a la Secretaría de Salud corresponderán facultades para elaborar y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos, servicios médicos gratuitos universales y salubridad general, con excepción de lo relativo al saneamiento del ambiente; así como coordinar los programas de servicios a la salud de la Administración Pública Federal. La prestación de los servicios médicos de clínicas y hospitales adscritos directamente a la Secretaría de Salud pasarán al IMSS.
Lo anterior, señala el proponente, no significa la integración de los servicios prestados por otras instituciones, como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Petróleos Mexicanos (PEMEX), y otros, “sino consolidar en un único sistema a las clínicas, hospitales, Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, etc., en su función de prestar servicios de atención médica.”
A partir de esta reforma, los objetivos del IMSS serán, por un lado, seguir prestando eficientemente los servicios a quienes ya cuentan con seguridad social, y, por el otro, fortalecer el sistema del denominado IMSS-BIENESTAR para garantizar el derecho a la protección de la salud de toda la población y hacer efectivo el acceso a la atención médica y medicamentos gratuitos a las personas sin seguridad social buscando ampliar de manera progresiva y sostenible la cobertura de dicho sistema.
“En ese sentido, se busca aprovechar la experiencia, recursos y andamiaje orgánicos del IMSS en relación con sus sistemas de información, para la aplicación eficaz y eficiente de los recursos para financiar la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos; la atención de las necesidades de infraestructura, preferentemente, en las entidades federativas con mayor marginación social y complementar los recursos económicos destinados al abasto y distribución de medicamentos y demás insumos”, se lee en la iniciativa.
Al elevar a rango constitucional al IMSS, también se propone que en la Constitución se disponga el nombramiento del director general por el titular del Poder Ejecutivo Federal y ratificado por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores en un plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de la presentación de la propuesta. Si la propuesta fuera rechazada por el Senado, el Ejecutivo Federal hará una nueva propuestas. Si en dos ocasiones hay rechazo, el director general será designado directamente por el Ejecutivo.
Este director general durará en su cargo seis años, con posibilidad de una reelección por un periodo igual, y podrá ser removido por el Ejecutivo Federal por las causas graves que establezca la ley. La remoción podrá ser objetada por el voto de la mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores dentro de un plazo de diez días hábiles.
En los artículos transitorios se dispone que los recursos humanos, presupuestales, financieros y materiales que corresponden a la Secretaría de Salud respecto de la prestación de los servicios de salud, pasarán a formar parte del Instituto Mexicano de Seguridad Social una vez que quede integrado, sin menoscabo de los derechos laborales.
Se concede un año como plazo máximo para que el Congreso de la Unión y los congresos locales adecúen sus marcos jurídicos a esta reforma.
La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos. Ya veremos la suerte que corre.
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