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La Cámara de Senadores, Cámara de Origen, empezó discusión para aprobación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

La materialización del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares es cada vez más cercana en vista de que en la sesión de este miércoles, el Senado de la República aprobó que se someta al Pleno la iniciativa. Se trata de legislación que desde 2017, con la reforma constitucional en materia de justicia cotidiana, es tema pendiente.

El documento que fue presentado a consideración de la Cámara Alta del Poder Legislativo, es resultado de un intenso trabajo iniciado por diversas iniciativas de ley, seguido por la celebración de foros organizados por ambas Cámaras en diversas ciudades del país, en el que participaron no solamente integrantes del Poder Judicial, sino universidades públicas y privadas.

La necesidad de contar con un documento único que armonice el procedimiento en materia civil y familiar se remonta a noviembre de 2014, cuando el entonces presente, Enrique Peña, encomendó al Centro de Investigación y Docencia Económicas, CIDE, la organización de foros de consulta para elaborar un conjunto de propuestas y recomendaciones para garantizar un mayor y mejor acceso a la justicia, en lo que se conoce como justicia cotidiana.

De la Mesa de Trabajo 1 se concluyó en la necesidad de una reforma constitucional que faculte al Congreso a expedir un código nacional de procedimientos civiles de aplicación en toda la República Mexicana, con el objetivo de eliminar la existencia de múltiples legislaciones y la diversidad de criterios judiciales, que hacen del sistema de justicia uno lento, incierto, discriminatorio, complicado y costoso, conforme lo manifestaron las personas que participaron en estos foros de consulta pública.

El 15 de septiembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron artículos constitucionales en materia de justicia cotidiana, entre ellos, la fracción XXX del artículo 73, facultando al Congreso de la Unión “para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar”. En los artículos transitorios se concedió un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor de la reforma, lo que, por supuesto, no sucedió, razón por la cual varios congresos de los estados presentaron exhortos y peticiones e incluso se manifestó la Suprema Corte de Justicia sobre esta omisión legislativa.

Pese a las varias iniciativas que diferentes legisladores presentaron en la materia, no fue sino hasta abril de 2022 que la tarea empezó a ser seriamente efectuada con la organización de la Cámara de Diputados de diferentes foros, iniciativa que fue seguida por la Cámara de Senadores en junio y julio de ese mismo año.

Terminados estos foros, en julio de 2022 se creó un Grupo Técnico Revisor, con el propósito de retomar las propuestas y observaciones e integrar un proyecto de Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. En la iniciativa se hace referencia a que se trabajó bajo un esquema de colaboración y coordinación inédito en la historia legislativa del país.

“La revisión e integración de proyecto de Código Nacional se llevó a cabo con la participación de especialistas en derecho, operadores jurídicos, personas juzgadoras y magistradas, tanto del ámbito local como federal, integrantes de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados A.C. y del Colegio del Notariado Mexicano, Fedatarios Públicos, Colectivos de Personas con Discapacidad como ‘Decidir es mi Derecho’ y de personas desaparecidas, la Dirección General Jurídica de la Cámara de Diputados, la Coordinación de Consultoría Jurídico Legislativa del Senado de la República, asesores(as) de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados y del Grupo de Trabajo en materia de Justicia Cotidiana; representantes del sector privado y del sector público, como la Secretaría de Gobernación (SEGOB), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), entre otros.”

Terminada la tarea, ante integrantes de las Cámaras de Senadores y de Diputados, representantes de Tribunales Superiores de Justicia y la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos, el 14 de marzo de 2023 se presentó el proyecto definitivo que esta semana fue votado por el Pleno del Senado.

El proyecto de Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares está integrado por 10 Libros, 1191 artículos y 20 transitorios, organizados de la siguiente manera:

LIBRO PRIMERO: “Del Sistema de Impartición de Justicia en materia Civil y Familiar”.

LIBRO SEGUNDO: “Del Procedimiento Oral Civil y Familiar”.

LIBRO TERCERO: “De la Justicia Civil”.

LIBRO CUARTO: “De la Justicia Familiar”.

LIBRO QUINTO: “De los Juicios Universales”.

LIBRO SEXTO: “De las Acciones Colectivas”.

LIBRO OCTAVO: “De la Justicia Digital”.

LIBRO NOVENO: “De la Sentencia, Vía de Apremio y su Ejecución”.

LIBRO DÉCIMO: “De los Procesos de Carácter Internacional”.

Finalmente, el Régimen Transitorio dispone una entrada en vigor gradual del Código Nacional, a la par de una abrogación gradual de legislación procesal civil y familiar vigente. Se dispone que en los estados, los congresos locales deberán expedir una Declaratoria de Incorporación, solicitada por el Poder Judicial del Estado, sin que pueda exceder del 1º de abril de 2027.

Como se aprecia, es un documento extenso que debe ser minuciosamente estudiado por abogadas y abogadas. La Iniciativa, sin embargo, resume en las siguientes las generalidades del nuevo Código:

  • Se previenen ajustes de procedimiento para personas que pertenecen a grupos que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad.
  • Designación de apoyos extraordinarios y reconocimiento a la capacidad jurídica de todas las personas.
  • Se visibiliza la supletoriedad en torno al Procedimiento de Declaración de Ausencia por Desaparición.
  • Se incorporan medidas de protección en materia de violencia de género.
  • Se incorpora un apartado en materia de adopción.
  • Implementación de la oralidad como principio y metodología en los procedimientos.
  • Aprovechamiento de las Tecnologías de la Información en los procedimientos.
  • Favorecimiento de los medios alternativos para la solución de controversias.
  • Incorporación del Juicio Oral Sumario.
  • Diseño de un procedimiento para decretar medidas cautelares en dos fases.
  • Participación de los fedatarios públicos en diversos procedimientos.
  • Implementación de un nuevo esquema del concurso de acreedores.
  • Optimización y practicidad del sistema de recursos.
  • Como información adicional, me parece interesante transcribir los resultados que se exponen del Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal 2022, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI.

Según este Censo, en 2021, “los poderes judiciales estatales publicaron en sus sitios web 451,939 sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales. Del total de sentencias publicadas en 2021, 361,392 sentencias correspondieron a primera instancia y 101,508 a segunda instancia, mientras que 2,933 publicaciones fueron relativas a la ejecución de sentencia. Con relación a las sentencias de primera instancia, un 76.2% corresponde a las materias civil y familiar; en cuanto a las de segunda instancia, las materias referidas representan un 71.1%.”

El Estado de México, Ciudad de México, Michoacán, Guanajuato y Nuevo León concentran el mayor número de sentencias en materia civil y familiar y entre 2020 y 2021, hubo un incremento del 228.87% de sentencias emitidas por los Poderes Judiciales de cada entidad federativa, según datos publicados en sus sitios web.

Durante 2021, fueron ingresados 950,699 asuntos en materia familiar y 539,117 en materia civil; en ese mismo año, se concluyeron 498,515 asuntos en el ámbito familiar y 262,758 en el ámbito civil.

Del total de asuntos ingresados, 44.6 % correspondió a la materia familiar, 25.3 % de materia civil y 19.7 % de materia mercantil; 10.4 % correspondió a causas penales (materia penal y justicia para adolescentes).

Respecto de los asuntos concluidos, la mayoría de los expedientes se registró en materia familiar con 41.7 %, seguida de la materia mercantil con 24.8 %. Del total de asuntos ingresados en los órganos jurisdiccionales, 69.4 % se registró en el Sistema Tradicional y 30.6 % en el Sistema Oral.

Dejo el enlace a la Iniciativa. A partir de la página 48 se presenta una síntesis de lo que se contiene en cada Libro y las innovaciones.

Más información senado.gob.mx

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Imagen de Mario Renteria en Pixabay

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