Ejecutivo federal presentó iniciativa para reformar el sistema de investigación, incorporando las humanidades y fomentando el acceso a la información generada
El 13 de diciembre se recibió de la Secretaría de Gobernación en la Cámara de Diputados la iniciativa de Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación que reforma el funcionamiento y operación del sistema de investigación y modifica lo que hoy conocemos como Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Conacyt.
Esta nueva ley tiene su antecedente en la reforma constitucional publicada el 15 de mayo de 2019 en la que en el artículo 3º se reconoce el derecho humano a la ciencia, entendido como el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica, haciendo explícita la obligación del Estado de apoyar la innovación y la investigación humanística, así como a garantizar el acceso abierto a la información que esta investigación genere.
Partiendo de lo anterior, el artículo 2º de la iniciativa señala: “Toda persona, de forma individual y colectiva, tiene derecho a participar en el progreso científico y tecnológico de la humanidad, así como a acceder al conocimiento científico y gozar de sus beneficios sociales. De igual manera, tiene derecho a que el Estado fomente, realice y apoye actividades de investigación humanística y científica, desarrollo tecnológico e innovación que redunden en el bienestar del pueblo de México e incluyan la preservación, restauración, protección y mejoramiento del ambiente, y faciliten el ejercicio y goce de otros derechos humanos, individuales y colectivos de la presente y futuras generaciones.”
De forma muy general, esta nueva ley plantea una reforma en el que se pretende el fortalecimiento de un sistema público de investigación, con acceso gratuito y abierto a la información que se genere, con nuevos controles y procesos para la entrega de becas y recursos y estableciendo una Agenda Nacional que establezca líneas de acción en torno de los asuntos estratégicos o prioritarios para el desarrollo del país.
La estructura de la nueva ley se resume en el artículo 9º que establece las bases de la política pública en la materia, como el apoyo a la investigación en ciencia básica y de frontera*, la inserción laboral y el emprendimiento de las personas humanistas, científicas, tecnólogas e innovadoras y la incorporación de los resultados de la investigación en la gestión y administración de los asuntos públicos, los procesos productivos e industriales, el comercio, la prestación de servicios y el consumo popular.
Otros ejes importantes que se plantean son el desarrollo e implementación de tecnologías de la información, en particular de software libre y código abierto y la transición de un sistema energético basado en los combustibles fósiles a uno de bajas emisiones de gases y componentes de efecto invernadero.
La propuesta, al incorporar las humanidades como parte de la investigación, se plantea cambiar el nombre del Conacyt a Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (¿Conahcyt?), manteniendo en términos muy generales las facultades y funciones que actualmente tiene, con ciertas salvedades como la prohibición de crear fideicomisos y la obligación de entregar de becas y recursos de forma directa a los beneficiarios, sin intermediarios como fundaciones, asociaciones civiles, etcétera.
Cuando el 6 de noviembre de 2020 se extinguieron los 91 fideicomisos creados conforme con la Ley de Ciencia y Tecnología, prevalecieron noticias sobre el presunto desmantelamiento del sistema de investigación. Sin embargo, en la Exposición de Motivos de la iniciativa se explica cómo, mediante esos fideicomisos, se hizo una aplicación muy poco clara de millones de pesos. Por ejemplo, se financiaron proyectos de infraestructura que no estaban relacionados con las actividades de investigación, o se usaron para subcontratar servicios del Conacyt, entre ellos jurídicos y de comunicación social, pese a que se contaba con estructura propia para realizar estas actividades. Así, se señala que “de enero de 2016 a enero de 2019, se tuvo contratada a una agencia de comunicación por un monto de 60.7 millones de pesos.”
Un aspecto interesante que se plantea es que, pese a que mucha de la investigación era financiada con recursos públicos, el acceso a estos resultados no gratuito y entre 2010 y 2018 se transfirieron más de 3,500 millones de pesos a empresas editoriales transnacionales para tener acceso a esta información. Por tal motivo, uno de los objetivos principales de la reforma propuesta es hacer que los resultados de las investigaciones se publiquen en un sistema informático que pueda ser consultado de forma accesible por quien lo necesite, además de la publicación de las investigaciones.
Para alcanzar ese objetivo se dispone que “el Consejo Nacional será el titular de los derechos de propiedad intelectual derivados de las actividades y proyectos que financié, salvo pacto en contrario y sin perjuicio de los derechos morales implicados.”
Por lo que respecta a los Centros Públicos, entre los que se encuentra el Colegio de México, el Instituto Nacional de Ecología y el Colegio de la Frontera Norte, por mencionar tres de los veintiséis que están en funcionamiento, se articula el Sistema Nacional de Centros Públicos. Estos Centros Públicos siguen siendo reconocidos como entidades paraestatales con autonomía técnica y de gestión.
Un punto interesante es que, al establecer la obligación del estado de apoyar la investigación humanística y científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, y de garantizar el acceso abierto a la información que derive de ellos, queda obligado a proveer los recursos y estímulos suficientes, oportunos y adecuados, conforme al principio constitucional de progresividad y no regresión. De esta forma, la evaluación del gasto nacional se debe realizar conforme a criterios e indicadores de bienestar que permitan medir sus efectos en el desarrollo social y económico del país, así como su independencia científica y tecnológica.
Asimismo, se dispone que el “Estado garantizará conforme a la disponibilidad presupuestaria el acceso universal a becas a las personas estudiantes que cursen posgrados de maestría o doctorado en ciencias y humanidades... en universidades, instituciones de educación superior y centros de investigación del sector publico”. Como siempre, el quid es la “disponibilidad presupuestaria”. Sin embargo, se trata de una disposición que permite a las universidades públicas exigir un presupuesto más alto para establecer estos programas de postgrado, que formarán parte de un Sistema Nacional de Postgrados.
A la par de que se prohíbe la discriminación o exclusión de las y los solicitantes de becas por diversos motivos, se dispone que “se deberán contemplar acciones afirmativas que contribuyan a la equidad social y a la reducción de las desigualdades sociales, culturales y económicas en las actividades de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación”, imagino que como los programas que existen en Estados Unidos para permitir el acceso a minorías a las universidades.
El Sistema Nacional de Investigadores se mantiene, disponiendo que el ingreso, la permanencia y la promoción “se realizará mediante procesos de evaluación basados en metodologías que garanticen la solvencia y pluralidad epistemológicas de las personas integrantes, acordes con la naturaleza y características propias de las actividades desarrolladas en las diversas áreas de las humanidades, las ciencias, las tecnologías y la innovación.”
También se regulan los Programas Nacionales Estratégicos “orientados a diagnosticar, prospectar y proponer a las autoridades competentes acciones y medidas para la prevención, atención y solución de problemáticas nacionales concretas que, por su importancia estratégica y gravedad, requieran de una atención articulada y soluciones integrales, profundas y amplias, sobre la base de agendas temáticas en materia de salud, agua, educación, cultura, vivienda, soberanía alimentaria, agentes tóxicos y procesos contaminantes, seguridad humana, sistemas socio-ecológicos, energía y cambio climático, incluida la transición energética, entre otras que resulten pertinente”.
Respecto del Programa Nacional de Innovación, el Consejo Nacional alentará la innovación social y la mejora o generación de nuevos productos, servicios, procesos productivos o sistemas de gestión que eleven las ventajas competitivas del país, promuevan el desarrollo industrial, fomenten la preservación, restauración, protección y mejoramiento del ambiente, optimicen el desempeño de las dependencias y entidades de la Administración Publica Federal y fortalezcan las empresas y formas de organización de los sectores social y privado de la economía nacional”.
Mi observación personal es que se pretende crear un sistema de investigación preponderantemente público, por lo que la entrega de recursos a instituciones privadas queda muy limitada y que se realicen investigaciones que tengan incidencia directa en los problemas de nuestro país, es decir, que la inversión que se hace en la investigación reditué en soluciones aplicables.
Al menos en el papel, la ley plantea principios y líneas de acción muy interesantes. Ya veremos, se se aprueba, cómo funciona en la práctica.
* “La investigación en Ciencia Básica es el quehacer de investigación en todas las áreas de conocimiento. Es indispensable para el avance teórico sin que haya mediación o motivación por aplicación alguna –aunque toda la ciencia eventualmente puede ser la base de aplicaciones o desarrollos tecnológicos–. En tiempos en que existe alguna controversia dentro de la comunidad humanística y científica o en que existen cuestiones de difícil respuesta, surge aquella investigación de frontera que utiliza metodologías y conceptos atípicos o novedosos en su ámbito. La investigación de frontera nace cuando el paradigma actual ya no explica las observaciones del universo.” Conacyt.mx
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